COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Hacia un sector vitivinícola europeo sostenible CONTEXTO |
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CONTEXTO
La presente Comunicación responde a una iniciativa de la Comisión que se inscribe en la continuación de las reformas de la política agrícola común (PAC), de 20031, 20042 y 20053, referidas a todos los sectores principales con excepción del vino y de las frutas y hortalizas. El deterioro del equilibrio entre la oferta y la demanda en el sector vitivinícola y los crecientes desafíos inherentes a un mercado del vino europeo e internacional exigen la reforma del sector. La política comunitaria sobre desarrollo sostenible, adoptada en el Consejo Europeo de Gotemburgo4, la relativa al aumento de la competitividad con el relanzamiento de la Estrategia de Lisboa5, y la dirigida a simplificar y legislar mejor en el marco de la política agrícola común6 apuntan también en la misma dirección.
La Unión Europea es el primer productor, consumidor, exportador e importador de vino del mundo. En lo que respecta a la calidad, goza de renombre mundial, adquirido a través de los siglos gracias a prácticas de elaboración que permiten ofrecer a los consumidores del mundo entero productos de excelente calidad. Además, valoriza el paisaje y contribuye a una mejor utilización de tierras que, de otra forma, podrían dejarse abandonadas, dos elementos valiosos del punto de vista medioambiental siempre que los métodos de producción sean respetuosos del medio ambiente.
El sector vitivinícola de la UE representa una actividad económica vital, especialmente en lo que respecta al empleo y los ingresos por exportación. Con más de 1,5 millones de explotaciones que ocupan 3,4 millones de hectáreas (el 2 % de la superficie agrícola de la UE-25), la producción vitivinícola representó el 5,4 % de la producción agrícola en 2004. La producción vitivinícola representa aproximadamente el 10 % del valor de la producción agrícola en Francia, Italia, Austria, Portugal, Luxemburgo y Eslovenia; siendo ligeramente inferior en España.
El Reglamento (CE) nº 1493/1999 del Consejo, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola (OCM del vino), instituye un régimen comunitario complejo, en particular en lo referente al potencial de produccion, los mecanismos de mercado, las prácticas enológicas, la clasificación de los vinos, el etiquetado y el comercio. A este Reglamento se superponen distintas disposiciones reglamentarias nacionales y regionales que contribuyen a la falta de claridad. Aunque esta situación es inherente a la subsidiariedad, la simplificación y la transparencia son también objetivos legítimos.
Muchos regímenes de ayuda han permanecido sin cambios durante años, así como el nivel de ayuda que ofrecían. Convine revisar el conjunto de medidas financiadas por el presupuesto comunitario, en particular teniendo en cuenta el recurso cada más frecuente a la destilación de crisis, no solamente en el caso del vino de mesa, sino también en el del vino de calidad producido en regiones determinadas (vcprd). La destilación de crisis, que fue en otro tiempo la excepción, se está convirtiendo cada vez más en una práctica habitual, realizada en tres de los cinco últimos años. Varios Estados miembros la solicitaron durante la campaña vitivinícola 2005/06, a pesar de una reducción del 11 % de la producción, para cantidades significativas de vino de mesa y de vino de calidad. Por consiguiente, es necesario garantizar la eficacia de la futura política y la buena utilización del dinero. Además, en el ámbito de la salud pública, se ha observado con inquietud que las subvenciones para la destilación de alcohol de boca han hecho bajar artificialmente los precios de las bebidas espirituosas, que tienen un alto contenido de alcohol.
Se ha realizado una evaluación sobre los efectos de las posibles opciones de una nueva política comunitaria en el sector vitivinícola, con objeto de lograr una sinergia con otras políticas comunitarias. Es fruto del trabajo de todos los servicios de la Comisión pertinentes y se adjunta a la presente Comunicación.
El 16 de febrero de 2006, la Comisión lanzó un debate público sobre la futura política con ocasión de un seminario sobre el vino que reunió a los principales interesados. La documentación de dicho seminario puede consultarse en el sitio web de la Comisión Europea7. El Grupo consultivo vitivinícola también examinó las hipótesis de reforma. Además, se celebraron numerosas reuniones bilaterales que contaron con la participación de un amplio abanico de agentes interesados.
1. SITUACIÓN ACTUAL Y PREVISIONES A MEDIO PLAZO DEL MERCADO VITIVINÍCOLA
El problema europeo del exceso de producción se viene abordando desde 1975/76 con una política dirigida a limitar la capacidad de producción y a promover el abandono definitivo de zonas de producción, lo que redujo su superficie de 4,5 millones de hectáreas en 1976 a 3,2 millones en 2005. Sin embargo, desde 1996, el carácter voluntario del programa de arranque de viñedos por los Estados miembros ha provocado una menor aplicación del mismo que, al combinarse con la atribución de nuevos derechos de plantación, ha anulado prácticamente los beneficios alcanzados anteriormente. Durante los cinco últimos años, la producción vitivinícola8 de la UE-25 ha oscilado entre 166 y 196 millones de hectolitros. La parte de los vcprd en la producción total de vino de la Unión ha aumentado, hasta equipararse prácticamente en la actualidad a la de los vinos de mesa.
El consumo de vino ha disminuido de manera significativa y constante en la Unión a lo largo de las últimas décadas. Esta tendencia ha afectado particularmente al vino de mesa, mientras que el consumo de vcprs está en aumento de manera que, en la actualidad, ambos consumos son casi equivalentes.
Desde 1996, el volumen de importaciones en la UE-25 ha aumentado a un ritmo del 10 % anual, hasta llegar a cerca de 11,8 millones de hectolitros en 2005. Los vinos denominados del «nuevo mundo» han ganado una cuota de mercado considerable en detrimento de los vinos de la Unión. El volumen de exportaciones de la Comunidad aumenta desde 1996, pero a un ritmo mucho más lento que las importaciones, situándose en aproximadamente 13,2 millones de hectolitros en 2005. Globalmente, la Unión sigue siendo un exportador neto de vino.
En la hipótesis de que la OCM del vino no sufra ninguna modificación, y basándose en las tendencias previstas de la producción, el consumo y la dinámica del comercio, las perspectivas a medio plazo (2010/2011) del sector vitivinícola de la Unión Europea son que los excedentes de vino llegarán a 27 millones de hectolitros (15 % de la producción), o a 15 millones de hectolitros (8,4 % de la producción) si las cantidades destiladas gracias a la ayuda al alcohol de boca no se consideran excedentarias. Los excedentes son un problema particularmente preocupante en el caso del vino de mesa, pero la situación de los vcprd también se ha deteriorado. El balance del vino para la UE-27 se presenta en la evaluación de los efectos.
2. LA OCM DEL VINO HOY
La OCM del vino se estructura en torno a una serie de instrumentos exhaustivos pero complejos. Tres medidas se dirigen a gestionar el potencial de producción a través de una limitación de los derechos de plantación y del apoyo a la mejora estructural, gracias, por un lado, al arranque definitivo y, por el otro, a programas de reestructuración y de reconversión orientados a la adaptación de la calidad y la cantidad en función de la demanda de los consumidores. Las restricciones de los derechos de plantación, incluida la prohibición de nuevas plantaciones, serán aplicables hasta el 31 de julio de 2010.
Entre las medidas del mercado interior, se cuentan medidas tradicionales como la destilación de crisis de los excedentes de vino y la destilación de los excedentes de vino procedentes de variedades de uvas de doble uso, cuyo objetivo es limitar la bajada de precios. Asimismo, se prevé la destilación obligatoria del orujo y de las lías, subproductos de la vinificación, a fin de evitar el sobreprensado y mejorar la calidad del vino. Por último, la destilación de vino de mesa en alcohol de boca destinado a la industria de las bebidas espirituosas pretende mantener ciertos segmentos del sector del alcohol de boca como salida tradicional del vino.
A fin de evitar perturbaciones del mercado y sus consecuencias, se concede una ayuda al almacenamiento privado temporal de vino y de mosto de uva. También se concede una ayuda para fomentar otras utilizaciones del mosto de uva, en particular el aumento artificial del grado alcohólico natural y la fabricación de zumo de uva. La OCM también incluye mecanismos comerciales tradicionales, como los derechos, las restituciones y los certificados. Además, se han celebrado acuerdos con países que no forman parte de la Unión Europea.
La OCM del vino, a diferencia de la mayor parte de las otras OCM, ofrece un conjunto completo de normas sobre definiciones, vcprd y vinos de mesa con indicación geográfica (IG), prácticas enológicas y etiquetado, que garantizan a los consumidores un nivel de calidad equitativo y transparente.
3. PROBLEMAS DE LA OCM ACTUAL Y EVOLUCIÓN DE LAS CIRCUNSTANCIAS
3.1. Situación del mercado
• El consumo de vino en la UE está experimentando una reducción de aproximadamente 750 000 hectolitros anuales (alrededor del 0,65 % ).
• Los hábitos del consumo en general y del vino en particular están cambiando, a la par que los modos de vida.
• El excedente estructural se estima en aproximadamente 15 millones de hectolitros, lo que equivale a aproximadamente el 8,4 % de la producción vitivinícola de la UE-27.
• Es necesario intervenir a través de la destilación para eliminar cerca del 15 % de la producción de vino cada año.
• Los excedentes anuales están en aumento y es poco probable que pueda dárseles salida. Esta situación ejerce una presión a la baja en los precios y en los ingresos de los productores.
• Las importaciones aumentan a un ritmo mayor que las exportaciones, las diferencias se acortan y en un futuro cercano las importaciones podrían superar a las exportaciones. El comecio mundial de vino ya está muy liberalizado y los derechos de importación de vino son reducidos en la UE.
• El rápido aumento de la producción y de las ventas de vino del «nuevo mundo» pone de manifiesto la necesidad de que los productores comunitarios sean más competitivos
3.2. Regular el potencial de producción
• El éxito de la prohibición de nuevas plantaciones para reducir el potencial de producción se ve limitado por la concesión de nuevos derechos de plantación suplementarios y por el aumento de los rendimientos en algunos Estados miembros.
• Los derechos de plantación aumentan los costes de producción y actúan de freno para racionalizar la estructutura de las explotaciones, reduciendo así la competitividad.
• Los países que no son miembros de la UE no aplican tales restricciones de plantación.
• El régimen de reestructuración y de reconversión ha permitido a los productores pasar a la producción de vino de calidad, pero también podría provocar un aumento de la producción. En ocasiones, puede cubrir la renovación normal de los viñedos, lo que iría en contra del objetivo perseguido.
• El régimen de arranque no se ha vuelto a aplicar prácticamente desde 1996.
• A pesar de los muchos años transcurridos, algunos Estados miembros siguen sin resolver el problema de los viñedos irregulares (plantados con anterioridad al 1 de septiembre de 1998) ni el del arranque de los viñedos ilegales (plantados después del 1 de septiembre de 1998). Las zonas no regularizadas y que siguen siendo objeto de examen representan una superficie de aproximadamente 68 100 hectáreas, es decir, cerca del 2 % de la superficie total de la UE-25 plantada de viñedos.
3.3. Medidas de apoyo al mercado
• Las medidas de apoyo al mercado en forma de destilación no son muy eficaces para garantizar los ingresos de los viticultores y cumplen una función de salida permanente que favorecen la producción de excedentes invendibles.
• La destilación de crisis, destinada a resolver el problema de excedentes coyunturales, se utiliza como medida estructural y actualmente también afecta a los vinos de calidad.
• Las ayudas al almacenamiento privado se han convertido en una ayuda estructural. Los costes de almacenamiento del vino deberían correr a cargo de la industria.
3.4. Prácticas enológicas, indicaciones geográficas y etiquetado
• La rigidez de los procedimientos de adopción y adaptación de las prácticas enológicas obstaculiza la competitividad.
• La reglamentación de la UE es demasiado compleja, en particular en lo que respecta a las definiciones, las prácticas enológicas y la clasificación (vcprd, vino de mesa con indicación geográfica y vino de mesa).
• En lo que respecta a los vcprd, no existe un concepto de «calidad» a nivel internacional y no hay ninguna referencia en la legislación comunitaria al concepto de «indicación geográfica» en el sentido del Acuerdo sobre los aspectos de la propiedad intelectual relacionados con el comercio de la OMC (ADPIC). Además, en las últimas décadas se ha observado un aumento del número de vcprd y de vinos de mesa con indicación geográfica, lo que contribuye a confundir a los consumidores, debilita la política de la Comunidad en materia de indicaciones geográficas en la Unión y en el exterior y agrava la situación del mercado.
• En materia de etiquetado:
– los consumidores se sienten desorientados por etiquetas de vino que proceden de un sistema jurídico complejo, basado en diversos instrumentos que tratan de forma diferente algunas categorías de vinos y ciertas menciones en función del producto;
– algunas normas de etiquetado rígidas obstaculizan la comercialización de los vinos europeos; la prohibición de indicar el año de cosecha y la variedad de vid en los vinos de mesa sin indicación geográfica constituye un gran inconveniente;
– los países no miembros de la UE suelen criticar la política europea de etiquetado en lo que respecta a las denominaciones de venta (vcprd, vino de mesa con IG y vino de mesa, por ejemplo), la utilización de menciones facultativas, la protección jurídica de las formas de botella y la política relativa a las menciones tradicionales. En este contexto, el examen de las normas de etiquetado debe tener en cuenta la incidencia en las importaciones procedentes de terceros países y en las obligaciones internacionales de la Comunidad.
• Un análisis independiente sugiere que una liberalización apropiada de las prácticas enológicas, de conformidad con las normas de la Organización Internacional de la Viña y el Vino (OIV), y un etiquetado más dirigido al consumidor permitirían a los productores de vino comunitarios ampliar sus salidas comerciales y mejorar la comercialización de sus productos, con lo que aumentarían su competitividad y se reduciría el desequilibrio estructural.
3.5. Salud y estilo de vida
En los últimos años ha aumentado la inquietud por el aumento peligroso del consumo de alcohol entre los jóvenes. Sin embargo, parece que el vino tiene efectos beneficiosos para la salud en los adultos. Todas las personas deben estar informadas tanto de las ventajas y efectos beneficiosos del consumo responsable y moderado de vino como de los daños que puede causar su abuso. La política comunitaria debe tener en cuenta estos elementos.
4. OBJETIVOS DE LA NUEVA POLÍTICA VITIVINÍCOLA DE LA UNIÓN EUROPEA
En este contexto, conviene que el futuro régimen asegure la sostenibilidad a los productores, prevea las disposiciones necesarias para la integración armoniosa de Bulgaria y de Rumanía y garantice el pleno cumplimiento de nuestras obligaciones internacionales. El sector vitivinícola de la Unión Europea produce el mejor vino del mundo y tiene un enorme potencial que hay que seguir desarrollando de forma sostenible. La futura política también debe tener en cuenta las nuevas circunstancias, con el fin de:
– aumentar la competitividad de los productores de vino de la Unión Europea, consolidar la reputación de los vinos de calidad de la Unión como los mejores vinos del mundo y reconquistar los antiguos mercados y ganar otros nuevos en la Unión y en el resto del mundo;
– instaurar un régimen vitivinícola basado en normas claras y simples, así como en reglas eficaces que permitan equilibrar la oferta y la demanda;
– instaurar un régimen vitivinícola que preserve las mejores tradiciones de la producción vitivinícola de la Unión Europea, refuerce el tejido social en numerosas zonas rurales y garantice el respeto del medio ambiente.
La nueva política vitivinícola de la UE debe tener debidamente en cuenta el creciente interés de la sociedad en la salud y en la protección del consumidor.
5. OPCIONES ANALIZADAS EN LA EVALUACIÓN DE LOS EFECTOS QUE NO CONSTITUYEN UNA SOLUCIÓN ADECUADA
Teniendo en cuenta la situación del sector y los objetivos perseguidos, la Comisión estudió cuatro opciones posibles de reforma de la OCM del vino. Tres de estas opciones, a saber, mantener el statu quo, reformar la OCM del vino según el modelo de la reforma de la PAC, y la desregulación total, no aportan ninguna respuesta satisfactoria a los problemas, las necesidades y las particularidades del sector vitivinícola.
5.1. Statu quo posiblemente acompañado de algunas pequeñas adaptaciones
Considerando las graves dificultades de la OCM actual para:
– mejorar el equilibrio del mercado,
– hacer aplicar debidamente las normas en algunos Estados miembros, en particular las restricciones en materia de plantación, e
– integrarse en la PAC reformada,
una mera modificación de forma no sería ni económica ni politícamente viable.
La OCM actual no ha eliminado los excedentes ni dado respuesta a otros problemas, en particular la pérdida de competitividad reflejada en las solicitudes de destilación de crisis y en la presencia cada vez mayor de vinos no comunitarios en los mercados de la Unión Europea. Las diversas partes interesadas coinciden en la necesidad de realizar cambios profundos.
5.2. Reforma según el modelo de la reforma de la PAC
La principal innovación de la reforma de la PAC es la disociación entre los pagos directos y el tipo de producción y la introducción del régimen de pago único (RPU). Presenta grandes ventajas, como la flexibilidad en materia de producción, la orientación hacia el mercado y la coherencia con la OMC a través de la clasificación en el compartimento verde. Uno de los grandes ejes de la reforma podría ser la transferencia de todo o parte del presupuesto de la OCM del vino hacia los pagos directos a los viñedos, que podrían ser incluidos en el RPU. Esta opción contribuiría a la simplificación e instauraría el principio de condicionalidad para todos los viticultores. No obstante, a diferencia de lo que ocurre en otros sectores, no habría una forma evidente de repartir equitativamente los derechos RPU.
Dado el presupuesto disponible, el importe potencial del pago disociado sería muy pequeño para los cultivos permanentes y probablemente no compensaría a muchos productores de la pérdida del apoyo al mercado.
La supresión de las medidas de mercado, acompañada de ayudas disociadas a la renta, transfiere plenamente a los productores la responsabilidad de adaptarse a las nuevas situaciones del mercado. Con la sola aplicación de este sistema debería ser posible equilibrar el mercado, pero únicamente a medio o largo plazo y probablemente al precio de una grave crisis del sector, que desembocaría en un proceso de adaptación de gran magnitud.
5.3. Desregulación del mercado vitivinícola
La opción de la desregulación total implicaría abandonar todos los instrumentos de gestión del potencial de producción y del mercado. Se suprimirían instrumentos como la prohibición de nuevas plantaciones y el arranque, la política de reestructuración y de reconversion y todas las medidas de mercado, lo que desembocaría en una liberalización completa del sector. El presupuesto se suprimiría o se transferiría al segundo pilar en favor de la política de desarrollo rural en general.
La difícil adaptación exigida por la aplicación inmediata de esta política y la ausencia de medidas estructurales de acompañamiento traerían consigo a corto plazo efectos económicos y sociales extremadamente negativos en las regiones afectadas.
6. REFORMA EN PROFUNDIDAD DE LA OCM DEL VINO
Teniendo en cuenta los problemas y el potencial del sector, así como sus particularidades, y a la luz del análisis detallado de la evaluación del impacto, se considera necesario mantener una OCM específica para el vino, si bien debe ser objeto de una profunda reforma.
El desafío consiste en adaptar el marco reglamentario y la estructura productiva con el fin de establecer una industria vitivinícola europea sostenible y competitiva, con perspectivas a largo plazo y, al mismo tiempo, garantizar la utilización de los medios presupuestarios de la forma más eficaz posible.
La Comisión considera que esta opción constituye la respuesta más apropiada a los desafíos. Existen dos variantes posibles. La primera aportaría una respuesta rápida a las dificultades actuales, pero exigiría una adaptación rápida y difícil del sector. La segunda produciría el mismo resultado, pero se llevaría a cabo de forma gradual, lo que permitiría una adaptación más armoniosa de la economía rural y del tejido social.
6.1. Reforma en profundidad de la OCM – Variante A - Una sola etapa
Supresión de los derechos de plantación y del régimen de arranque
Podría esperarse a que expirara el regímen de derechos de plantación el 1 de agosto de 2010 o suprimirlo inmediatamente. No obstante, las normas de acceso a las IG limitarían de facto el número de hectáreas.
Simultanéamente se suprimiría el actual régimen de arranque.
Todas las hectáreas de viñedo arrancadas por cuenta del agricultor pasarían a formar parte de la zona admisible al RPU.
6.2. Reforma en profundidad de la OCM – Variante B - Dos etapas
Este enfoque es similar al adoptado en el sector del azúcar: la primera etapa se dirige a restablecer el equilibrio del mercado y la segunda a aumentar la competitividad, en particular mediante la supresión de los derechos de plantación. La característica principal de la variante B sería la adaptación estructural, es decir, la reactivación temporal del régimen de arranque. El sistema de restricciones de derechos de plantación se prorrogaría hasta 2013, fecha en que expiraría. Se incentivaría a los productores menos competitivos para que vendieran sus derechos de plantación. Los productores competitivos concentrarían rápidamente sus esfuerzos en aumentar la competitividad de su empresa, dado que el coste de los derechos de plantación ya no frenaría su expansión. A medio o largo plazo, esto representaría una reducción de sus costes de producción fijos.
La prima de arranque se fijaría en un nivel atractivo. Para incitar a los productores a recurrir a esta solución desde el primer año, se fijaría un baremo decreciente para la prima durante el resto del período de validez de los derechos de plantación. El objetivo es arrancar 400 000 hectáreas en la UE en un período de cinco años, con un importe máximo total de ayuda del orden de 2 400 millones de euros.
Los viticultores podrían elegir entre recurrir o no al arranque.
La superficie agrícola anteriormente utilizada para la producción de vino, una vez arrancada, podría acogerse al RPU y recibir el pago directo disociado medio regional.
La dotación financiera de los Estados miembros podría completarse con un cierto importe por hectárea arrancada.
Las primas de arranque estarían supeditadas al cumplimiento de los requisitos mínimos medioambientales, con el fin de evitar la degradación del suelo.
6.3. CARACTERÍSTICAS COMUNES A LAS VARIANTES A Y B
Ambas variantes contemplan la adopción de las siguientes medidas:
6.3.1. Supresión de las medidas de gestión del mercado e introducción de medidas más previsoras
Los instrumentos de gestión del mercado se suprimirían desde el primer día. Se trata de los siguientes:
• apoyo a la destilación de subproductos,
• destilación de alcohol de boca y destilación de vinos procedentes de uvas de doble uso,
• ayuda al almacenamiento privado,
• ayuda a los mostos, dirigida al aumento artificial del grado alcohólico natural o la fabricación de zumo de uva.
Se abandonaría la destilación de crisis o se sustituiría por otro mecanismo de seguridad recurriendo a la dotación nacional.
6.3.2. Dotación nacional
Se pondría a la disposición de los Estados miembros productores de vino una dotación presupuestaria que se calcularía en función de criterios objetivos. Cada Estado la utilizaría para financiar medidas elegidas con arreglo a sus preferencias de una lista dada. No obstante, en un primer momento la variante A ofrecería más recursos debido a la ausencia de gastos de arranque.
Los Estados miembros podrían utilizar esta dotación para aplicar ciertas medidas de gestión de crisis, como crear seguros contra las catástrofes naturales, constituir una cobertura básica frente a las crisis de ingresos o hacer frente a los costes administrativos de la creación de una mutualidad específica del sector,9 o para medidas como la vendimia verde. Su utilización estaría subordinada al respeto de ciertas normas comunes (incluidos requisitos mínimos medioambientales), con el fin de evitar la distorsión de la competencia, así como a la aprobación por la Comisión del programa nacional específico.
El programa de reestructuración y reconversión de viñedos se mantendría en virtud de la dotación nacional.
6.3.3. Desarrollo rural
Muchas medidas podrían formar parte de los planes de desarrollo rural adoptados por los Estados miembros. La jubilación anticipada y las ayudas agroambientales alentarían a los viticultores y les aportarían beneficios considerables. Los agricultores que decidieran abandonar definitivamente toda actividad agrícola comercial con el fin de transferir su explotación a otros agricultores podrían recibir hasta 18 000 euros anuales con un máximo de 180 000 euros durante un período que podría llegar hasta quince años. Las ayudas agroambientales para cubrir los gastos suplementarios y las pérdidas de ingresos resultantes de la creación y conservación de paisajes vitícolas y culturales podrían alcanzar los 900 euros por hectárea durante un período de entre cinco y siete años. El proceso de planificación de desarrollo rural para el período 9 COM(2005) 74 final.
2007-2013 está en curso y, para favorecer estas medidas, convendría autorizar una transferencia de créditos entre líneas presupuestarias (mercado y pagos directos, por un lado, y desarrollo rural, por otro lado) que se asignaría a las regiones productoras de vino de forma similar a cómo se hizo en los sectores del tabaco y del algodón.
Estos programas de desarrollo podrían desempeñar un importante papel en el bienestar económico de los profesionales del sector vitivinícola en el futuro y en la conservación del entorno de las regiones productoras de vino.
6.3.4. Política de calidad e indicaciones geográficas
La política de calidad ganaría en claridad, simplicidad, transparencia y eficacia, por medio de las siguientes medidas:
a) revisar en profundidad el actual marco reglamentario en materia de calidad, con el fin de reforzar la conformidad de la política comunitaria de calidad con las normas internacionales. En particular, debería adecuarse claramente a las disposiciones del acuerdo ADPIC. Además, la política de calidad del vino incorporada a la OCM resultaría coherente con la política horizontal de calidad (Indicaciones Geográficas Protegidas -IGP- y Denominaciones de Origen Protegidas -DOP-). La Comisión propone crear dos categorías de vino: vinos sin IG y vinos con IG. La categoría de vinos con IG estaría a su vez dividida en dos subcategorías: vinos con IGP y vinos con DOP. Convendría establecer un sistema de registro y de protección de las IG;
b) el concepto de vinos de calidad de la UE se basa en el origen geográfico (vino de calidad producido en una región determinada). La Unión desea confirmar, adaptar, promover y valorizar este concepto en todo el mundo.;
c) reforzar el papel de las organizaciones interprofesionales a fin de que puedan controlar y gestionar la calidad de los vinos producidos en su territorio.
Asimismo, convendría reforzar los instrumentos de control, en particular en lo que respecta a la producción de vinos varietales.
6.3.5. Prácticas enológicas
En lo que respecta a las prácticas enológicas, la Comisión propone lo siguiente:
– transferir del Consejo a la Comisión la responsabilidad de autorizar las nuevas prácticas enológicas o de modificar las actuales, incluida la incorporación del acervo;
– reconocer las prácticas enológicas de la OIV y examinar en la Comisión en qué medida pueden incorporarse en un reglamento de la Comisión;
– autorizar la utilización en la UE de prácticas enológicas ya aprobadas a nivel internacional para la fabricación de vinos que vayan a exportarse a dichos destinos;
– suprimir el requisito relativo al grado alcohólico natural mínimo de los vinos, que ya no tiene razón de ser debido a la limitación propuesta en lo que respecta al aumento artificial del grado alcohólico natural; además, existe un grado alcohólico volumétrico mínimo para el vino comercializado;
– garantizar un nivel mínimo aceptable de atención medioambiental en el proceso de fabricación del vino.
6.3.6. Aumento artificial del grado alcohólico natural
La reforma del azúcar agrava el problema de la utilización de azúcar en lugar de mosto para elevar el grado alcohólico del vino. Hay tres posibilidades: aumentar la ayuda al mosto, a fin de compensar la reducción del precio del azúcar; no modificar el nivel de la ayuda, con riesgo de provocar un desequilibrio, o suprimir la ayuda y prohibir la utilización de azúcar. En conjunto, la Comisión considera que la última opción es la más ventajosa, ya que produciría un ahorro presupuestario significativo y aumentaría las salidas comerciales del mosto.
Además, la Comisión propone reducir el porcentaje máximo de aumento artificial del grado alcohólico natural (por adición de mosto de uva) al 2 %, salvo en la zona vitícola C (a saber, ciertas regiones de Francia, España, Portugal, Eslovaquia, Italia, Hundría, Eslovenia, Grecia, Chipre y Malta), en donde el porcentaje máximo sería el 1 %.
6.3.7. Etiquetado
La Comisión propone simplificar las normas de etiquetado a través de un marco jurídico único aplicable a todas las diferentes categorías de vinos y a sus menciones. Este marco se definiría en función de las necesidades expresadas por los consumidores y sería coherente con la política de calidad del vino. Esto supondría en particular:
– una transferencia de competencia del Consejo a la Comisión;
– la utilización de un instrumento jurídico único para todos los vinos, que complementaría las normas previstas en la directiva horizontal sobre el etiquetado (Directiva 2000/13/CE), a fin de tener en cuenta las necesidades particulares del sector vitivinícola en cuanto a los requisitos de etiquetado obligatorios y facultativos;
– el aumento de flexibilidad de la política de etiquetado, teniendo en cuenta las políticas de la OMC, a través de las siguientes medidas: 1) abandonar la distinción entre las normas de etiquetado de los vinos con IG y las de los vinos sin IG y, lo que es más importante, facilitar la indicación de la variedad de vid y del año de cosecha para los vinos sin IG, con objeto de permitir a los productores de vino de la Unión Europea comercializar vinos de tipo «nuevo mundo» (variedad de vid única), y, por consiguiente, situarlos en pie de igualdad con sus competidores externos, 2) mantener y mejorar el sistema de menciones tradicionales, 3) adaptar la política de marcas, 4) modificar las normas lingüísticas aplicables al sector vitivinícola para dotar de mayor flexibilidad a la utilización de las lenguas, 5) garantizar la información y protección del consumidor en materia de salud, 6) comunicar al consumidor información completa sobre el origen del producto a través de normas de etiquetado y de trazabilidad apropia das, y 7) informar al consumidor de los aspectos medioambientales de los métodos de producción.
6.3.8. Promoción e información
Varios participantes en el seminario celebrado el 16 de febrero destacaron la necesidad de hacer hincapié en la comercialización de los vinos. La Comisión tiene previsto aplicar con determinación una política de promoción y de información responsable. Hay que aprovechar todas las posibilidades de la legislación comunitaria para realizar proyectos de promoción ambiciosos fuera del territorio de la Unión Europea.
Asimismo, puede plantearse la realización de campañas informativas en la Unión sobre el consumo responsable y moderado de vino.
6.3.9. Medio ambiente
La Comisión tiene la intención de garantizar que la reforma del régimen vitivinícola mejora la incidencia de la viticultura y de la producción de vino en el medio ambiente. En particular, tiene previsto incluir requisitos medioambientales mínimos para el sector vitivinícola, relativos a las principales presiones que ejerce el sector (en particular, erosión y contaminación del suelo, utilización de productos fitosanitarios y gestión de residuos).
6.3.10. Organización Mundial del Comercio (OMC)
Una característica importante de la reforma en profundidad será la adaptación de la nueva OCM del vino a las normas de la OMC. Así pues, se suprimirán las medidas de intervención («compartimento ámbar») que distorsionan el comercio actual y en los casos en que sigan existiendo medidas de apoyo internas se dará preferencia a las medidas del «compartimento verde». La presente prohibición de vinificación de mosto importado y de mezclar vinos comunitarios con vinos no comunitarios se examinará en el mismo sentido.
7. PLANTACIONES IRREGULARES Y PLANTACIONES ILEGALES
Con independencia de la supresión de la prohibición de plantación, los agentes económicos y los Estados miembros están obligados a respetar la legislación comunitaria en vigor relativa a las denominadas plantaciones irregulares e ilegales. El cumplimiento de dichas normas es esencial para el buen funcionamiento de la OCM existente. En caso de incumplimiento, la Comisión adoptará (continuará adoptando) las medidas oportunas en el marco de los procedimientos de liquidación de cuentas y, en caso necesario, incoará procedimientos de infracción en virtud del artículo 226 del Tratado.
8. INCIDENCIA PRESUPUESTARIA
Se llevará a cabo una estimación precisa de la incidencia presupuestaria de las medidas arriba descritas, con ocasión de la presentación de las propuestas legislativas formales. No obstante, la incidencia financiera no excederá de los niveles de gastos de los últimos años.
9. OBSERVACIONES FINALES
La Comisión estima que es necesario reformar en profundidad la OCM del vino.
Estas modificaciones contribuirían a simplificar y mejorar la reglamentación, con efectos positivos como la reducción de los costes de gestión y de seguimiento estadístico, una agilización de la aplicación y de la realización de los controles y, por consiguiente, una limitación del riesgo de fraude y de utilización abusiva de los fondos públicos. Además, aumentaría la eficacia de la gestión ya que, al reforzar la subsidiariedad, los Estados miembros podrían determinar el tipo de medidas más adecuadas para su situación particular. Por último, esta reforma fortalecería la posición de la Comisión a la hora de defender su política en todos los foros internacionales, actitud que tiene la intención de mantener activamente.
Con esta Comunicación, la Comisión invita a todas las partes interesadas a participar en un debate abierto sobre la futura OCM del vino, debate en el que se basará para elaborar propuestas antes de final de año.