El Consejo ha adoptado hoy su posición («mandato de negociación») sobre la propuesta de reglamento sobre el etiquetado digital de los productos fertilizantes de la UE. Esta propuesta, que modifica el Reglamento (UE) 2019/1009, tiene como objetivo mejorar la legibilidad de las etiquetas, lo que conducirá a un uso más eficiente de los productos fertilizantes, y simplificar las obligaciones de etiquetado para los proveedores, al tiempo que reduce los costes para la industria.
Si bien la posición del Consejo comparte los principales objetivos del Reglamento modificado, introduce varias mejoras en un intento de lograr el equilibrio adecuado entre avanzar hacia la digitalización de las etiquetas para los operadores económicos y la prevención de posibles problemas de información para los usuarios finales, teniendo en cuenta habilidades digitales y limitaciones de conectividad que algunos agricultores pueden enfrentar.
"Este reglamento refuerza la digitalización del sector de los fertilizantes. Las nuevas normas reducirán la burocracia y los costos para los productores y brindarán a los agricultores información clara y amigable para el consumidor cuando compren los productos que necesitan", ha indicado Héctor Gómez Hernández, ministro español de Industria, Comercio y Turismo en funciones.
Propuesta de la Comisión
El etiquetado de los fertilizantes está actualmente regulado por el reglamento (UE) 2019/1009. La revisión de esta legislación propone permitir a los proveedores de productos fertilizantes comunicar la información del etiquetado en formato físico, digital o una combinación de ambos. El texto de la Comisión propone que se permitirá un formato exclusivamente digital cuando los productos fertilizantes de la UE se vendan sin embalaje o cuando los productos se vendan a operadores económicos que no sean usuarios finales de los productos.
Los agricultores y otros consumidores de productos fertilizantes vendidos en envases seguirían beneficiándose de etiquetas tanto digitales como físicas para la información más importante (es decir, protección de la salud y el medio ambiente, eficiencia agronómica o contenidos). La propuesta de la Comisión prescribe el contenido y los requisitos tecnológicos de las etiquetas digitales. Los operadores económicos tendrían que garantizar que la etiqueta digital sea consultable, accesible, gratuita y capaz de satisfacer las necesidades de los grupos vulnerables. La Comisión estaría facultada para actualizar los requisitos generales de etiquetado digital mediante actos de ejecución.
Mandato del Consejo
El mandato del Consejo aclara la obligación de proporcionar una etiqueta física para los productos destinados a los usuarios finales, ya sea que se vendan con o sin embalaje.
Los requisitos para las etiquetas digitales se han simplificado para evitar una carga administrativa excesiva. Por ejemplo, la cantidad del producto, que cambia con frecuencia, se ha convertido en un elemento no obligatorio de la etiqueta digital para evitar tener que generar una nueva etiqueta digital durante cada transacción si el volumen del producto cambia. Asimismo, se mantiene como elemento no obligatorio de la etiqueta digital la fecha de elaboración del producto si ya consta en la etiqueta física.
Para garantizar una mejor trazabilidad y nivelar las condiciones con los distribuidores locales, el mandato del Consejo añade la información del importador como elemento obligatorio de las etiquetas digitales.
Para alinearse con la posición del Consejo sobre el Reglamento sobre etiquetado y envasado de productos químicos, el mandato introduce una aclaración para dejar claro que el requisito de que los operadores económicos proporcionen, previa solicitud de los usuarios finales, la información incluida en la etiqueta digital por medios alternativos y La gratuidad se aplica independientemente de la compra.
El mandato de negociación introduce el requisito de colocar etiquetas físicas en un lugar visible en el punto de venta para garantizar que los usuarios finales y las autoridades de vigilancia del mercado tengan acceso a la información no proporcionada en la etiqueta digital. Esto permitiría a los compradores potenciales consultar los datos necesarios para tomar una decisión informada independientemente de sus habilidades digitales o su acceso a Internet, al tiempo que proporcionaría a los distribuidores una forma sencilla de cumplir con la obligación de proporcionar esta información a sus clientes.
La posición del Consejo garantiza que las etiquetas seguirán incluyendo la información relevante para evaluar la eficiencia agronómica del fertilizante y para seleccionar el producto adecuado en el momento de la compra. Por tanto, algunos elementos que, en la propuesta original de la Comisión, se habían trasladado a la etiqueta digital, se han vuelto a trasladar al formato físico. Esto incluye, entre otra información, el contenido soluble de los nutrientes en los fertilizantes.
Próximos pasos
El mandato de negociación acordado hoy formaliza la posición negociadora del Consejo. Proporciona a la Presidencia del Consejo un mandato para las negociaciones con el Parlamento Europeo, que comenzarán tan pronto como el Parlamento adopte su posición.
Contexto
En la UE, el etiquetado digital ya se utiliza para algunos productos que contienen sustancias químicas, por ejemplo, baterías, y se están considerando normas para el etiquetado digital para otros productos, como detergentes, cosméticos y productos químicos. Se espera que la simplificación de las obligaciones de etiquetado reduzca los costes anuales en una media de 57 000 euros para una gran empresa y 4 500 euros para una pyme.
Hasta el momento, el reglamento (UE) 2019/1009 regulaba los requisitos para el etiquetado de los fertilizantes. La propuesta de la Comisión, publicada el 27 de febrero de 2023, tiene como objetivo mejorar la legibilidad de las etiquetas, introduciendo la posibilidad de proporcionar información sobre el etiquetado en formato digital.