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En desarrollo una orden que regula el protocolo para asegurar la trazabilidad alimentaria y prevenir los robos en el campo

El protocolo vela por garantizar la trazabilidad de los productos desde la parcela hasta la primera entrega en almacén.

Seguridad alimentaria España - 24/09/2026 15:40:47
Agujero en invernadero.








El director general de Industria y Cadena Agroalimentaria, Ernesto Fernández, ha manifestado “el firme compromiso, por parte de la Consejería de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca, de impulsar y coordinar actuaciones encaminadas a asegurar la trazabilidad alimentaria, y prevenir los robos en el campo”.

Así lo ha expuesto en el encuentro mantenido con el sector para presentar un protocolo de colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la lucha contra el robo de productos agrícolas en el campo.

La nueva orden que prepara la Consejería de Agricultura desarrolla algunos aspectos del Decreto 5/2015, de 23 de enero, del Consell, por el que se regula la obligación de mantener la trazabilidad en los productos agrícolas de la Comunidad Valenciana desde su origen a su primera comercialización.

El protocolo DATA (Documento de Acompañamiento y Trazabilidad Agraria) es un documento oficial que garantiza el seguimiento y la trazabilidad de los productos agrícolas en su trayecto desde la parcela de origen hasta el almacén de manipulado o primera comercialización.

“Para facilitar el cumplimiento del Decreto 5/2015 resulta necesario habilitar mecanismos que permitan la cumplimentación de los registros cuando los transportistas no sean los propietarios de la mercancía”, ha señalado Ernesto Fernández.

“El DATA constituye un instrumento que contribuye a prevenir situaciones de aprovechamiento ilícito que puedan tener su origen en acciones delictivas de hurto o robo y la experiencia nos ha demostrado que para garantizar adecuadamente la trazabilidad resulta necesario definir con mayor precisión la identificación de las parcelas agrícolas y sus productos”, ha añadido.

Novedades

Este protocolo recoge aspectos novedosos como el hecho que el DATA deberá conservarse por el transportista durante el transporte y por el destinatario una vez llegado a destino, manteniéndose a disposición de las autoridades competentes que lo soliciten.

Además, cada transporte de mercancía desde la explotación agraria hasta su primer destino deberá ir acompañado de un único documento DATA, y sólo será válido el modelo oficial de DATA, correctamente cumplimentado, que cada año ponga a disposición de los usuarios la Conselleria a través de su sede electrónica o página web.

En cualquier fase del transporte desde el campo a la sede de primera comercialización se podrán realizar una inspección por los agentes de la autoridad y por el personal inspector competente, a fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones de trazabilidad previstas en la orden.

Por último, se concederá un plazo de 24 horas para que se pueda demostrar la titularidad, restableciéndose la trazabilidad y liberándose la mercancía. Si se pierde la trazabilidad del producto, su destino es la destrucción y el coste de todo el trámite será siempre a costa del responsable.

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