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Acuerdo en la UE sobre nuevas técnicas genómicas para impulsar la competitividad y la sostenibilidad del sistema alimentario

El acuerdo provisional garantiza un proceso simplificado para las plantas NGT equivalente al de las plantas convencionales y aborda las preocupaciones relativas a la propiedad intelectual y el acceso a las semillas.

Obtención vegetal España - 04/12/2025 17:38:11
Simbolismo de creación de una planta.








El Consejo Europeo ha alcanzado este miércoles un acuerdo provisional con el Parlamento Europeo sobre un conjunto de normas que establecen un marco jurídico para las nuevas técnicas genómicas (NGT).

El reglamento pretende mejorar la competitividad del sector agroalimentario y garantizar la igualdad de condiciones para los operadores europeos, impulsando a la vez la seguridad alimentaria y reduciendo la dependencia externa. El reglamento garantiza una sólida protección de la salud humana y animal, así como del medio ambiente, y contribuye a los objetivos de sostenibilidad de la UE.

El acuerdo provisional garantiza un proceso simplificado para las plantas NGT equivalente al de las plantas convencionales y aborda las preocupaciones relativas a la propiedad intelectual y el acceso a las semillas.

«Las nuevas técnicas genómicas pueden ayudarnos a hacer más con menos. El reglamento nos permitirá desarrollar nuevas variedades vegetales más resilientes al cambio climático y que requieran menos fertilizantes o pesticidas. Nuestros agricultores y el sector agroalimentario estarán mejor preparados para innovar y seguir produciendo alimentos sanos y seguros para nuestros ciudadanos». — Jacob Jensen, Ministro danés de Alimentación, Agricultura y Pesca
El término NGT abarca diversas técnicas que adaptan las semillas de forma similar a como se dan en la naturaleza o mediante técnicas de cultivo convencionales.

Mediante estas técnicas, se pueden desarrollar variedades vegetales mejoradas con mayor rapidez y con características específicas que respondan a los desafíos que enfrenta el sector agroalimentario. Por ejemplo, estas nuevas variedades pueden ser más resilientes a los efectos del cambio climático, como sequías o inundaciones, y requerir un menor uso de fertilizantes y pesticidas.

Plantas NGT de categoría 1

El acuerdo provisional mantiene el principio de que las plantas NGT-1 son equivalentes a las plantas convencionales, de acuerdo con el mandato de negociación del Consejo y la propuesta de la Comisión. Las autoridades nacionales deben verificar que las plantas NGT pertenecen a la categoría 1, pero no es necesario verificar posteriormente su descendencia.

Las plantas y productos NGT-1 no se etiquetarán, teniendo en cuenta el principio de equivalencia. La única excepción son las semillas y otro material de reproducción vegetal de plantas NGT-1, que sí deben etiquetarse. Esto no supondría una carga desproporcionada para los obtentores vegetales, sino que permitiría a los operadores garantizar una cadena libre de NGT, si así lo desean.

Además, el Parlamento y el Consejo acordaron una lista de exclusión de rasgos previstos que se excluirán de la categoría NGT-1.

Tanto el Consejo como el Parlamento coincidieron en que la tolerancia a los herbicidas y la «producción de una sustancia insecticida conocida» se incluirán en la lista de exclusión y no podrán ser uno de los rasgos previstos para las plantas de categoría 1 NGT. Este cambio en la propuesta de la Comisión garantizará que dichas plantas se clasifiquen como NGT-2 y, por lo tanto, sigan sujetas a autorización, trazabilidad y seguimiento.

Plantas de categoría 2 NGT

Las plantas con modificaciones genómicas más complejas o menos «naturalmente equivalentes» se clasifican en la categoría 2. Para las plantas NGT-2, tanto el Consejo como el Parlamento coincidieron con la propuesta de la Comisión de mantener los requisitos vigentes de la legislación sobre OMG, incluido el etiquetado obligatorio de los productos.

Si la etiqueta incluye información sobre los rasgos modificados, debe abarcar todos los rasgos relevantes. Esto fue introducido por el Consejo para garantizar que los consumidores tengan acceso a información precisa y completa.

El Consejo y el Parlamento acordaron permitir a los Estados miembros optar por no cultivar plantas NGT-2 en su territorio.

El acuerdo también incluye medidas de coexistencia opcionales. Esto significa que los Estados miembros pueden tomar medidas para evitar la presencia involuntaria de plantas NGT-2 y otros productos, si así lo desean.

Protección de la propiedad intelectual

La normativa sobre patentes se rige por la Directiva de Biotecnología de la UE. No obstante, el Reglamento sobre las NGT aborda las preocupaciones expresadas por los obtentores vegetales y los agricultores sobre las patentes.

En particular, al solicitar el registro de una planta o producto NGT de categoría 1, las empresas o los obtentores deben presentar información sobre todas las patentes existentes o pendientes. La información sobre patentes debe incluirse en una base de datos pública.

Además, de forma voluntaria, las empresas o los obtentores también pueden proporcionar información sobre la intención del titular de la patente de licenciar el uso de una planta o producto NGT-1 patentado, en condiciones equitativas. El Consejo y el Parlamento acordaron la creación de un grupo de expertos en patentes, centrado en el efecto de las patentes en las plantas NGT, compuesto por expertos de todos los Estados miembros, la Oficina Europea de Patentes y la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales.

Un año después de la entrada en vigor del reglamento, la Comisión publicará un estudio sobre el impacto de las patentes en la innovación, la disponibilidad de semillas para los agricultores y la competitividad del sector de la mejora vegetal de la UE. Posteriormente, la Comisión indicará las medidas de seguimiento necesarias o publicará una propuesta legislativa para abordar cualquier problema detectado en el estudio.

Próximos pasos

El acuerdo provisional deberá ser refrendado por el Consejo y el Parlamento antes de su adopción formal.

Antecedentes

En la última década, se han desarrollado diversas técnicas de mutagénesis no transgénica (TNG) basadas en los avances biotecnológicos. Estas nuevas tecnologías no existían en 2001, cuando se adoptó la legislación de la UE sobre OMG. Por ello, las plantas obtenidas mediante TNG están actualmente sujetas a las mismas normas que los OMG.

Las nuevas normas garantizarían que las plantas TNG disponibles en el mercado de la UE sean tan seguras como las variedades obtenidas de forma convencional. El acuerdo abarca las plantas que contienen pequeñas modificaciones en su material genético (mutagénesis dirigida) o inserciones de material genético de la misma planta o de plantas cruzables (cisgénesis, incluida la intragénesis). Los OMG siguen estando regulados por la legislación de la UE sobre OMG, que se mantiene sin cambios.

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