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Murcia convoca las ayudas destinadas a la formación y al fomento de actividades de servicio en el sector agrario regional

Ascienden a 1.475.000 euros y pueden beneficiarse las Organizaciones Profesionales Agrarias y entidades prestadoras de los servicios de formación de los sectores agrario, agroalimentario y forestal.

Subvenciones España - 20/07/2020
Campo de cultivo murciano.








La Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente ha dado luz verde a las órdenes por las que se convocan las ayudas destinadas al fomento de actividades de servicio del sector agrario en la Región de Murcia, así como para la realización de acciones formativas y cuyo importe total asciende a 1.4750.000 euros.
Las solicitudes pueden presentarse desde el mismo día en el que se publica la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) hasta los 10 días siguientes.
En cuanto a las ayudas a la formación para el periodo 2020-2022 la Comunidad destina 1.250.000 euros, financiados con fondos FEADER en un 63 por ciento, por el Gobierno regional en un 25,9 por ciento y por el Ministerio un 11,1 por ciento y beneficiarán a las entidades públicas y/o privadas, sin ánimo de lucro, prestadoras de los servicios de formación destinados a formar y actualizar a todas aquellas personas trabajadoras o que busquen trabajo en el sector agrario, alimentario y forestal. La orden ha sido publicada en el BORM de hoy.
Como principal novedad destaca una modificación en las bases reguladoras con el objetivo de adaptar la forma de impartir las acciones formativas a través de videoconferencia, de tal forma que se posibilite la realización de estas actividades adaptándose a las actuales y futuras restricciones que pudiera haber por la Covid-19.
En segundo lugar, y en cuanto a la orden de ayudas para el fomento de actividades de servicio al sector agrario regional, que será publicada mañana en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, la partida será de 225.000 euros y beneficiará a las actividades de articulación, vertebración y representación de las entidades beneficiarias; la participación en Organizaciones Profesionales Agrarias de ámbito suprarregional; la edición de material de difusión y divulgación agraria y su distribución; la adquisición de bibliografía y las suscripciones a revistas de carácter agrario y a otras publicaciones periódicas; y la realización de estudios de ámbito regional relacionados con el sector u otras iniciativas de interés. 
El plazo para la presentación de ayudas para el año 2020 es de 10 días a partir de la entrada en vigor de la Orden, conforme a los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El director general de Industria Alimentaria y Cooperativismo Agrario, José Gómez, destacó que con esta partida “contribuimos a enriquecer la labor que desarrollan día a día las organizaciones profesionales, para mejorar el servicio que prestan a los agricultores”.

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