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Castilla La Mancha autoriza excepcionalmente la utilización de planta de vid injertada con material estándar para la campaña 2020/2021

El objetivo de esta resolución es la que garantizar la oferta de material certificado en determinadas variedades para satisfacer la demanda.

Autorización excepcional España - 23/11/2020
Uvas.








La Dirección General de Agricultura y Ganadería de Castilla La Mancha ha autorizado excepcionalmente la utilización de planta de vid injertada con material estándar para la campaña de plantación 2020/2021 en el marco de las ayudas a las solicitudes de reestructuración y reconversión de viñedo en Castilla La Mancha.

La resolución, publicada hoy en el Diario Oficial de Castilla La Mancha, indica la existencia de "informes técnicos que ponen de manifiesto que en la campaña 2020/2021 la demanda de material certificado es superior a la oferta en determinadas variedades", por lo que en esta campaña será posible la certificación de plantaciones dentro de la ayuda a la reestructuración del viñedo, con planta injertada con material estándar sobre portainjerto certificado para las siguientes variedades: Albillo Real, Bobal, Cabernet Franc, Colombard, Chardonnay, Garnacha Blanca, Garnacha Peluda, Garnacha Tintorera, Malbec, Malvasía Aromática, Merlot, Moravia, Petit Verdot, Riesling, Rojal Tinta, Tinto de la Pámpana Blanca y Tinto Velasco. 

En el caso de desear plantar alguna variedad para la cual no haya existencia de planta certificada y no se encuentre incluida entre las variedades citadas, previamente a la realización de la plantación, el agricultor deberá solicitar autorización para su ejecución con material estándar a través del formulario telemático habilitado en la página web de la Junta de Comunidades de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha a tal efecto, adjuntando
tres certificados de comerciantes y/o viveros de plantas de vid de la provincia en la que se sitúa la parcela o de la provincia limítrofe, en los que se debe indicar la inexistencia de planta certificada para la variedad para la que se solicita la plantación con material estándar y, en su caso, la relación de los viveros que le suministran plantas de vid a dicho comerciante, con el fin de que la Administración pueda realizar las comprobaciones oportunas.

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