Esta ayuda asociada voluntaria, establecida en el artículo 52 del Reglamento (UE) Nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, está destinada a los agricultores con plantaciones de almendro, avellano y algarrobo que cumplan los requisitos establecidos en Sección 4ª del Capítulo I del Título IV del Real Decreto 1075/2014 de 19 de diciembre.
El objetivo de esta ayuda es frenar el abandono que afecta a dichas especies, con el consiguiente problema social, medioambiental y económico que conllevaría. Esta medida se desglosa a su vez en 2 sub-regímenes de ayuda, en función de la ubicación de las superficies, ya sea en la región peninsular o en la región insular, cada una con su correspondiente límite presupuestario tal y como queda reflejado en el Anexo II del citado Real Decreto.
España Peninsular
La dotación presupuestaria para la campaña 2015/2014 asciende a 12.956.000 €. El número de hectáreas que han cumplido los requisitos establecidos en el citado Real Decreto son 384.656,09 Hectáreas, lo que supone que el importe unitario de la ayuda queda fijado en 33,682035 €/Ha.
Región Insular
La dotación presupuestaria para la campaña 2015/2014 asciende a 1.044.000 €. El número de hectáreas que han cumplido los requisitos establecidos en el citado Real Decreto son 23.241,85 Hectáreas, lo que supone que el importe unitario de la ayuda queda fijado en 44,918971 €/Ha.