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Plantaciones ilegales

Advierten sobre las graves consecuencias de los injertos o plantaciones ilegales de cítricos protegidos

En las compras de material vegetal protegido, además del al­barán en el que se con­creta el precio de cada planta o pie con sus co­rrespondientes derechos...

ESPAÑA 25/06/2009


La Asociación Valenciana de Agricultores (AVA-ASAJA) advierte a los citricultores sobre las gra¬ves consecuencias penales y civiles que ten¬drían los injertos ilegales con variedades o las plantaciones con pies citrícolas protegidos
Has­­ta 48 naranjas, mandarinas o limones así como patrones se en­cuen­tran ya hoy re­gis­trados y sometidos a la le­gis­lación europea y española sobre propie­dad industrial del ma­te­rial vegetal. Como señala el pre­si­den­te de la or­ga­ni­za­ción agraria, Cristóbal Aguado, “hemos en­tra­do en una nueva era mar­cada por los royal­ties y los derechos del ob­tentor y como ya ocurre con algunas verduras, flores y frutas hay que adap­tarse a la nueva situación”. Pero, matiza Aguado, “tal realidad contrasta con la que se vie­ne su­frien­do en el caso de la po­lé­mica Nadorcott, en la que se tra­tó de im­poner el pa­go de unos derechos con carácter retroactivo y con dudosos argumentos jurídicos”.

Frente a la dinámica consolidada en el pasado, en la que los productores abordaban la re­conver­sión sin mayor preocupación que la variedad a elegir, la nueva regulación supone que no sólo es obligatorio injertar o plantar material con certificado fitosa­­ni­­ta­rio sino que ade­más ahora se debe aceptar en muchos casos las condiciones de explotación que im­pone su pro­pietario in­­dus­trial. En los 48 casos citados y en los que en próximas fechas se in­corpo­ra­rán al registro, es el obtentor o licenciatario el que se encarga de es­pe­cificar las condiciones en las que se podrá producir su variedad o patrón. AVA-ASAJA ad­vier­te que los detentores de los derechos de un cítrico protegido están legitimados para ac­tuar legalmente contra to­dos aquellos que injerten o planten sin su con­sen­timiento.

En las compras de material vegetal protegido, además del al­barán en el que se con­creta el precio de cada planta o pie con sus co­rrespondientes derechos, el vi­ve­­­rista licen­cia­tario suele hacer firmar al comprador un con­tra­to de ‘no propagación y no co­mer­cialización’ de las plantas o yemas adquiridas. En tal documento al citricultor adquiriente se le advierte de las consecuencias penales, de prisión incluso, en las que se podía incurrir en el caso de vio­lar tal contrato, por ejemplo cambiando la ubicación física del material vege­tal. Los hay que llegan a establecer una indemnización de hasta 300.000 euros ‘por los daños y perjuicios causados’ al obtentor.

En casi todos ellos, además, se advierte al comprador de que ‘queda informado y acep­ta’ que el cítrico o pie en cuestión no tiene garantizado un determinado compor­ta­miento agro­nó­­mico. La organización agraria alerta en este sentido de la proliferación de algunos cítricos que han sido evaluados en el extranjero, no por el Instituto Valenciano de Investi­ga­cio­nes Agrarias (IVIA) y cuyo desarrollo podría ser cuestionable. “Últimamente algu­nos se están tra­yendo mandarinas o naranjas que se venden como revolucionarias y que se ofrecen a pre­cio de oro pero cuyo futuro podría no estar del todo claro”, advierte Aguado. De igual manera. AVA-ASAJA sugiere a los productores que lean muy atentamente la letra pe­que­ña de estos contratos, en concreto, las cláusulas referidas a las condiciones y limi­ta­cio­nes en la producción o comercialización de estos cítricos protegidos.


 

 



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