El secretario de Agricultura de la Nación, Carlos Cheppi, autorizó, mediante la Resolución SAGPyA Nº 123/09, la distribución de las 10.000 toneladas de duraznos en almíbar correspondientes al cupo de exportación, entre las empresas inscriptas en el Registro para Empresas Exportadoras de Duraznos en Almíbar con destino a los Estados Unidos Mexicanos.
La SAGPyA estableció los criterios de distribución de cada cupo anual, tomando como base del criterio de asignación los antecedentes de exportación.
El Registro de Empresas Exportadoras y la distribución de los cupos tienen su antecedente en el Acuerdo de Complementación Económica N° 6 (ACE N° 6) suscripto entre ambos países en 1993, y en particular, el Anexo IV del Acta Final sobre la ampliación y profundización del Acuerdo de Complementación Económica N° 6. Por su intermedio, México otorga preferencias arancelarias a nuestro nación sobre el arancel vigente para terceros países, conforme a la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercaderías, en su versión regional NALADISA 2002, en relación a distintos productos en el comercio entre ambos países.
Este acuerdo fija una desgravación arancelaria del CIEN POR CIENTO (100 %), siempre a aplicarse sobre el cupo de diez mil toneladas, para el período de vigencia.