ESPAÑA 08/07/2008
La conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación ha dado luz verde a la inscripción en el registro comunitario de las denominaciones de origen y de las indicaciones geográficas protegidas, previsto en el Reglamento (CE) 510/2006, del Consejo, de 20 de marzo, de la Denominación de Origen Protegida (DOP) “Aceite de la Comunitat Valenciana” y ha publicado su Pliego de Condiciones.
Esta iniciativa reconoce la calidad y las propiedades del aceite que se produce en la Comunitat a partir de unas determinadas variedades de aceituna y de un proceso de elaboración.
Así, se considerará únicamente como tal el aceite de oliva virgen extra, obtenido a partir de las aceitunas de olivo de variedades de la Comunitat Valenciana, como Manzanilla Villalonga, Blanqueta, Farga, Serrana de Espadán, Morruda, Cornicabra, Alfafara o Grosal, Changlot Real, Rojal, Canetera, Nana, Arbequina, Empeltre, Cuquillo, Sollana, Callosina, Llumeta, Millarenca y Borriolenca.
En el Pliego de Condiciones de la DOP “Aceite de la Comunitat Valenciana”, publicado en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, se establece el nombre del producto, su descripción así como sus características físicas, químicas, microbiológicas y organolépticas.
En el citado documento se establece la zona de producción de las aceitunas que se empleen para elaborar el aceite, que estará formada por los 395 términos municipales de la Comunitat en los que se desarrolla el cultivo del olivar.
Asimismo, el Pliego de Condiciones recoge la descripción del método de obtención del producto y otros elementos de consideración para elaborar el “Aceite de la Comunitat Valenciana”.