Regantes y sociedades agrarias pueden solicitar las ayudas para el aprovechamiento en regadío de aguas depuradas
El plazo de presentación de las solicitudes finaliza a finales de mayo y las bases reguladoras quedan establecidas en la Orden de 18 de febrero de la Consejería de Agricultura
El plazo de presentación de las solicitudes finaliza a finales de mayo y las bases reguladoras quedan establecidas en la Orden de 18 de febrero de la Consejería de Agricultura
Las Comunidades de Regantes y las Sociedades Agrarias de Transformación pueden beneficiarse de las ayudas convocadas para el aprovechamiento en regadío de las aguas residuales regeneradas procedentes de las estaciones depuradoras de la Región, según establece la Orden de 23 de abril de 2008 de la Consejería de Agricultura y Agua.
La ayuda adoptará la forma de subvención a fondo perdido, sin que su cuantía pueda sobrepasar el 70 por ciento del importe de los gastos subvencionables, realizados conforme al proyecto técnico correspondiente.
El plazo de presentación de las solicitudes finaliza a finales de mayo y las bases reguladoras para la concesión de las mismas quedan establecidas en la Orden de 18 de febrero de la Consejería de Agricultura, publicada en el BORM de 28 de febrero, en la que figura el modelo oficial con el que se debe formular dicha solicitud.
Estas ayudas, cofinanciadas por los fondos Feader de la Unión Europea, tienen como finalidad la consolidación de los regadíos murcianos, mediante la incorporación de nuevos caudales de agua para riego procedentes de las depuradoras de aguas residuales de la Región.