Las ayudas irán destinadas al fomento de la renovación de tractores y máquinas automotrices agrícolas que mejoren las condiciones de trabajo, tengan una mayor eficiencia energética y produzcan un menor impacto ambiental.
La Consejería de Agricultura publicó ayer en el Diario Oficial de la región la orden por la que se establecen, en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, las normas para acceder a las subvenciones que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha convocado para la renovación del parque nacional de maquinaria agrícola.
Las ayudas irán destinadas al fomento de la renovación de tractores y máquinas automotrices agrícolas, mediante el achatarramiento de las unidades de estas máquinas más antiguas y su sustitución por otras nuevas que, al estar equipadas con modernas tecnologías, mejoran las condiciones de trabajo, tienen una mayor eficiencia energética y producen un menor impacto ambiental.
También se podrán destinar estas ayudas a la adquisición de sembradoras directas, cisternas para purines o esparcidores de fertilizantes sólidos equipados con dispositivo de localización, que permitan reducir el consumo de carburantes o las emisiones de gases a la atmósfera.
Se podrán beneficiar de estas subvenciones los agricultores individuales, las cooperativas agrarias y Sociedades Agrarias de Transformación (SAT), otras personas jurídicas cuya actividad principal sea la producción agraria y las empresas de prestación de servicios agrarios.
Los beneficiarios deberán ser titulares de una explotación agraria o, cuando se trate de otras personas físicas o jurídicas distintas a cooperativas agrícolas o SAT, acreditar además que su actividad principal es la agraria. También tendrán que ser titulares del nuevo tractor o máquina y de la maquinaria achatarrada, así como comprometerse a no enajenar el nuevo tractor o la nueva máquina durante un período de cinco años.
El tractor o máquina achatarrados deberán tener más de quince años de antigüedad, excepto para los equipos de recolección, que podrán tener 10 años. La cuantía base de la ayuda se establece en 80 euros por caballo de vapor.
Las solicitudes de ayuda podrán presentarse hasta el 31 de mayo en las Delegaciones Provinciales y Oficinas Comarcales de la Consejería de Agricultura, así como en los lugares señalados en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.