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Nuevo porcentaje de I.V.A.

ASAJA-Almería informa a los agricultores que ya pueden solicitar en sus centros de comercialización la rectificación de las facturas con el nuevo porcentaje de I.V.A.

Los nuevos porcentajes de IVA para el Régimen Especial de Agricultura y Ganadería fueron publicados en el Boletín Oficial el pasado día 30 de marzo de 2006, y tiene carácter retroactivo al 01 de enero de 2006

ESPAÑA 11/04/2006


ASAJA-Almería informa a todos los agricultores y ganaderos que se encuentren encuadrados en el régimen especial de agricultura y ganadería (REAG) que ya pueden solicitar en sus centros de comercialización la rectificación de las facturas que le han sido emitidas desde el día 01 de enero de 2006 al 31 de marzo; a partir de esta fecha, el porcentaje de IVA que recibe el agricultor es de un 9% y el ganadero de un 7,5%.

Además de la rectificación de las facturas anteriores a la Ley, el agricultor deberá percibir un 1% y un 0,5% el ganadero respectivamente; gravado sobre la base imponible de las facturas emitidas por los centros de comercialización. La corrección de las facturas afecta a las autoliquidaciones para cooperativas, alhóndigas u otros adquirientes de los productos y servicios agrarios o ganaderos.

La Ley 4/2006 publicada el pasado día 30 de marzo de 2006 en el B.O.E. entró en vigor el día 31, y recoge los nuevos porcentajes de compensación del REAGP que afectan a las entregas o prestaciones realizadas desde el 01 de enero de 2006.


 

 



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