El gobierno local de El Ejido no comenzó a cobrarlo a la espera de un pronunciamiento del Gobierno Central
El Ayuntamiento de El Ejido ha comenzado ya los expedientes de exención del IBI rústico por las heladas, tras la comunicación por parte de la subdelegación del Gobierno del procedimiento a seguir en los municipios. El concejal de Agricultura y Medio Ambiente de El Ejido, Jorge Viseras, dice que los agricultores ejidenses podrán así acogerse a estas exenciones con todas las garantías que desde el Ayuntamiento se ha querido que fuera, agradeciendo que finalmente se haya comunicado este procedimiento.
En el mismo día en el que se recibía en el Ayuntamiento de El Ejido un fax de la subdelegación del Gobierno en el que se comunicaba al alcalde ejidense el procedimiento a seguir por los ayuntamientos afectados, el de El Ejido ha iniciado ya la tramitación de los expedientes de exención del Impuesto sobre Bienes Inmuebles Rústicos de 2005 para todos aquellos agricultores cuyas parcelas sufrieron daños como consecuencia de las heladas de enero, febrero y marzo.
Según los datos del Consistorio ejidense el número de parcelas afectadas es de 2.225 y la cantidad que se van a ahorrar los agricultores ejidenses es de algo más de 420.000 euros.
Hay que recordar el malestar que estas semanas atrás pusieron de manifiesto tanto los agricultores como las organizaciones agrarias al desconocerse el mecanismo de compensación por parte del Estado de los recibos que se dejaran de cobrar por los daños lo que había provocado que de hecho no se estuviera aplicando, por algunos ayuntamientos, la exención prevista en el Real Decreto Ley 1/2005, de 4 de febrero.
En cualquier caso, el gobierno local, en manos del PAL, ya había tomado la determinación de no poner al cobro, de forma preventiva, los recibos de las parcelas afectadas al objeto de no causar más perjuicio a los afectados.
Los expedientes se van a iniciar de oficio para aquellos agricultores que solicitaron en su momento al área de Agricultura del Ayuntamiento de El Ejido la comprobación de los daños, de manera que se simplifican los trámites al no tener que solicitar expresamente la exención. Los agricultores afectados que no solicitaron la comprobación en el Ayuntamiento deberán instar la exención aportando el certificado de daños expedido por la Oficina Comarcal Agraria.