El Gobierno ha optado por el software francés para el funcionamiento del Registro Nacional de Derechos de Emisión por considerarlo el más adecuado para la ordenación administrativa de España.
De las dos aplicaciones que hay en el mercado, la del Reino Unido y la de Francia, se ha elegido ésta última por ser la única con la flexibilidad suficiente como para dar respuesta a las necesidades de las Comunidades Autónomas. El diseño del software francés está pensado para hacer frente a las necesidades que pueden plantear las administraciones autonómicas, como se ha demostrado en Alemania y Bélgica, países que ya cuentan con esta aplicación.
Por tanto y dadas las competencias que tienen las Comunidades Autónomas en relación al registro de emisiones, el Ejecutivo ha elegido esta aplicación por ser la más adecuada para el gestor del registro de Emisiones teniendo en cuenta la ordenación administrativa española.
En noviembre de 2004, el Gobierno encomendó la gestión técnica del Registro Nacional de Derechos de Emisión a IBERCLEAR ''Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (Sociedad de Sistemas)''.
Este registro, adscrito al Ministerio de Medio Ambiente, se configura como una base de datos electrónica en la que constará quién dispone de derechos de emisión y en qué cuantía, y en el que, de manera permanente y actualizada, se inscribirán todas las operaciones relativas a la expedición, titularidad, transmisión, transferencia, entrega, retirada y cancelación de derechos de emisión. Asimismo en él se inscribirá la suspensión de la capacidad de transmitir derechos de emisión, según lo previsto por el marco legislativo. Será accesible al público.
La puesta en marcha de este registro se enmarca en el artículo 25 del Real Decreto-Ley 5/2004, de 27 de agosto, por el que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión, y que incorpora a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva 2003/87/CE que establece un régimen comunitario para este comercio con vistas a reducir las emisiones de CO2 en la Comunidad Europea, de forma económicamente ventajosa y respetando los compromisos contraídos con el Protocolo de Kioto. Esta normativa europea prevé la creación en todos sus Estados miembros de un registro que permita llevar la cuenta exacta de cada uno de los derechos de emisión.