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Consejo-Vino: Ampliado 6 meses el plazo para que los Consejos Reguladores se adapten a la ley vino

El Consejo de Ministros aprobó ampliar en seis meses más el plazo para que los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen dependientes del Estado ...

ESPAÑA 12/07/2004


El Consejo de Ministros aprobó ampliar en seis meses más el plazo para que los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen dependientes del Estado (Cava, Rioja y Jumilla) puedan adaptar sus reglamentos a la ley de la viña y el vino, y cuyo plazo finaliza el 12 de julio de este año, por lo que se prorroga hasta el 12 de diciembre.

Esta ampliación queda recogida en el Real Decreto por el que se establecen normas de desarrollo para la adaptación de los reglamentos y órganos de gestión de los vinos de calidad producidos en regiones determinadas (vcprd), dependientes de la Administración General del Estado, a la Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino, que entró en vigor el día 12 de julio de 2003.

Según informó el Ministerio de Agricultura en un comunicado, la ley tuvo en cuenta la dificultad de adaptación de los reglamentos por los que se rigen los distintos vcprd o vinos con denominación de origen, por lo que estableció el período de un año a tal fin, plazo que finalizaba el 12 de julio de 2004.

No obstante, se ha considerado imprescindible establecer unos criterios de orientación para la adecuación organizativa de los Consejos Reguladores y fijar un plazo de seis meses para el envío, por éstos, al Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación, de las propuestas de modificación de los reglamentos reguladores de las denominaciones de origen pluriautonómicas que gestionan.

Los reglamentos de la Denominación Cava, de la Denominación de Origen Calificada Rioja y de la Denominación de Origen Jumilla deberán ser modificados en cuanto se separen de la Ley de la Viña y del Vino.

Para ello deberán hacer constar expresamente la identificación del órgano de gestión y determinación de sus fines, funciones, composición, estructura y normas de funcionamiento, así como los modos de provisión, renovación, revocación y cese de sus miembros, además del sistema de control establecido en el ámbito de su denominación.


 

 



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