ESPAÑA 30/09/2002
Aunque la nueva ley-marco entrará oficialmente en vigor el próximo día 30, para la aplicación de algunas de sus disposiciones existen periodos transitorios que pueden llegar hasta 2007.
La nuevas normas sobre la fabricación, presentación y venta de los productos del tabaco, están basadas en ''opiniones científicas sobre los aditivos, las sustancias que crean dependencia, las advertencias relativas a la salud y la publicidad engañosa'', indicó la Comisión Europea en un comunicado.
Con esta nueva legislación, la UE ''ocupa un lugar importante en la lucha contra el tabaco a nivel internacional y asegura el mismo nivel de protección en todos los Estados miembros''.
En cuanto a los contenidos de alquitrán, nicotina o monóxido de carbono, se rebajan sus niveles máximos, normas que deberán aplicarse a más tardar el uno de enero de 2004.
A partir de esa fecha los cigarrillos en circulación, comercializados o fabricados en los Estados miembros no podrán tener valores superiores a 10 miligramos de alquitrán, 10 miligramos de monóxido de carbono y un miligramo de nicotina por unidad.
Para los cigarrillos destinados a la exportación, estas disposiciones serán aplicables a partir de uno de enero de 2007, señala la nota.
Además, las cajetillas y otros embalajes de tabaco deberán mostrar una advertencia general, que ocupe al menos 30 por ciento de la superficie del paquete en la que se diga: ''fumar mata'', ''fumar puede matar'' o ''fumar daña gravemente su salud y la de vuestro entorno''.
De igual forma se deberá incluir una advertencia complementaria sobre la peligrosidad del tabaco, que abarque, al menos un 40 por ciento de la superficie de su embalaje .
La norma prevé un periodo transitorio hasta el 30 se septiembre de 2003 para aquellos productos que no incluyan estas advertencias sanitarias.
Por otra parte, la Comisión aprobará antes de fin de año las disposiciones relativas al uso de fotografías o ilustraciones en color para mostrar y explicar los efectos perversos del tabaquismo contra la salud.
Los Estados miembros pueden decidir libremente el uso no de estas fotografías en el marco de la reglamentación aprobada, explica la nota.
Otra de las nuevas prohibiciones, en este caso a partir del 30 se septiembre de 2003, será el de las denominaciones ''light'' o similares para cigarrillos, así como de cualquier signo ''que dé la impresión de que un producto del tabaco es particularmente menos dañino que los otros''.
Para asegurar la identificación de los productos, estos deberán ser identificados con un número de lote o señal equivalente para poder identificar el lugar y fecha de su fabricación.
La Comisión Europea remitirá regularmente a los Estados miembros un informe relativo a todos los nuevos descubrimientos científicos y tecnológicos para que la directiva esté actualizada.
La UE está ''firmemente decidida'' a reducir el número de muertes ligadas al tabaquismo y ''estoy convencido de que esta legislación contribuirá a la realización de este objetivo'', indicó el comisario europeo de Salud y protección de los Consumidores, David Byrne.
El tabaquismo puede ser prevenido y ''ahora disponemos de uno de los textos más eficaces de la legislación europea para luchar contra su consumo'', agregó.
Byrne señaló que ''me gustaría contribuir a reducir el número de fumadores de un tercio a menos de un quinto entre la población europea, vigilando en especial a los jóvenes para que no comiencen a fumar''.
En cuanto al proyecto de texto legislativo sobre la publicidad a favor del tabaco y su patrocinio, propuesto por la Comisión en mayo de 2001, Byrne dijo que lamentaba que el Parlamento Europeo no haya si quiera fijado un calendario para una primer lectura.
Byrne mostró su convencimiento de que la publicidad ejerce una influencia nociva ''al presentar el hecho de fumar como un experiencia socialmente aceptable y gratificante''.