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Rioja-agricultura: Rioja crea la primera Denominación de Origen de Pera de España

La Rioja ha constituido la primera Denominación de Origen de pera de España, que se comercializará con el distintivo ''Peras de Rincón de Soto'', que amparará las peras de mesa para el consumo en fresco de las variedades blanquilla y conferencia.

ESPAÑA 01/08/2002


El consejero de Agricultura del Gobierno de La Rioja, Javier Erro, y el presidente de la asociación promotora de esta Denominación, Julián Gurría, presentaron esta Denominación, aprobada por la Consejería y Ministerio de Agricultura, y pendiente de inscribir en el Registro de Denominaciones de Origen de la UE.

Erro explicó que la creación de esta Denominación de Origen se incluye en la política de su departamento de apostar por la diferenciación agroalimentaria riojana y añadió que en la actualidad están en trámite de conseguir estas certificaciones la coliflor, el pimiento y el aceite.

La Denominación de Origen Protegida ''Peras de Rincón de Soto'' comenzará a funcionar en la presente campaña, a partir de finales del presente año, con una producción de cinco mil toneladas procedentes de unas 300 hectáreas ubicadas en Rincón de Soto, Alfaro, Aldeanueva de Ebro y Calahorra, donde la superficie cultivada de ambas variedades alcanza las 1.232 hectáreas.

El hecho diferencial de las peras blanquilla y conferencia de la zona de Rincón de Soto, respecto a las que se cultivan en otras zonas productoras del país, como Cataluña y Aragón, se debe a las características del producto, provocadas por el microclima especial de la zona, como a las características propias de producción aplicadas por los agricultores y las centrales hortofrutícolas.

El objetivo de la Asociación para la promoción de la Pera de Rincón de Soto, promotora de esta Denominación, es promocionar las variedades de pera amparadas por la marca ''Peras de Rincón de Soto'', impulsar su comercialización y su implantación en los mercados y favorecer los trabajos de investigación y desarrollo de la pera, explicó su presidente.

El producto se comercializará en cajas, con su correspondiente etiqueta de control y certificación, añadió Gurría.

El producto presenta un índice de dureza y determinadas características organolépticas -como el grado de azúcar- superior al de otras regiones, así como un calibre mayor al común y una verdosidad notable, motivos por los que, según el consejero, se le ha otorgado la calificación más alta de Denominación de Origen.

En la actualidad, la Asociación para la promoción de la Pera de Rincón de Soto, constituida en el año 2000, integra a 222 agricultores, que poseen un total de 253 hectáreas -203 de pera conferencia y 51 de blanquilla- y cuatro centrales hortofrutícolas.

La media de la producción de las tres últimas campañas ascendió a más de cinco millones de kilos, de los que 3,8 corresponden a la variedad conferencia y 1,2 a la blanquilla.

En principio, la Denominación de Origen comenzará a funcionar con estas producciones, aunque se prevé que abarque a las 1.232 hectáreas de la zona.

El reglamento de la Denominación de Origen Protegida ''Peras de Rincón de Soto'', aprobado por la Consejería de Agricultura, se publicará en el Boletín Oficial de La Rioja, establece el nombre y los organismos competentes, las características del producto, las condiciones de producción, selección y envasado.

También recoge las normas de creación de los registros, uso del nombre, procedimientos comerciales las funciones de los órganos competentes, infracciones y sanciones.

Los organismos competentes en esta Denominación de Origen son el Consejo de Coordinación de la Denominación de Origen ''Peras de Rincón de Soto'' (de nueva creación), la Asociación para la Promoción de las Peras de Rincón de Soto y una entidad externa de control y certificación, además de la Consejería de Agricultura y el MAPA.

Según el reglamento, se amparará la pera de mesa blanquilla y conferencia extra y primera con determinado grado de dureza, calibre, verdosidad y grado de azúcar.

Las plantaciones amparadas por la Denominación deberán tener una edad mínima de cuatro años y estar inscritas en el registro correspondiente.

La disposición normativa también establecerá las prácticas culturales determinadas en cuanto a poda, riego, fertilizantes, recolección y transporte.


 

 



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