Consejo Ministros: Prorrogado el subsidio para los trabajadores eventuales del REASS
El Consejo de Ministros aprobó la prórroga del subsidio por desempleo de los trabajadores eventuales agrarios del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social (REASS)
El Consejo de Ministros aprobó la prórroga del subsidio por desempleo de los trabajadores eventuales agrarios del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social (REASS), que tendrá un coste total de 143.040.881 euros y del que se beneficiarán 49.600 personas.
Según la documentación difundida en conferencia de prensa, el Consejo de Ministros ha aprobado la prórroga de la vigencia de las disposiciones transitorias del Real Decreto de 1997, por el que se regula el subsidio por desempleo de los trabajadores eventuales agrarios del REASS.
La aprobación de la prórroga permite el acceso a la protección por desempleo a algunos colectivos de trabajadores agrarios de las zonas más deprimidas de Andalucía y Extremadura que se encuentran en situaciones especiales y no han conseguido cubrir en los doce meses anteriores a su situación de desempleo, el mínimo de 35 jornadas cotizadas al REASS.
Así, los mayores de 35 años o menores de esta edad con responsabilidades familiares que tengan al menos veinte o treinta jornadas cotizadas al REASS pueden completar las 35 exigidas con cotizaciones al Régimen General de la Seguridad Social mediante trabajos en obras del programa de fomento de empleo agrario.
Asimismo, se permite el acceso al subsidio, con un mínimo de veinte jornadas reales cotizadas al REASS, a los que fueron perceptores del empleo comunitario en 1983 y hayan sido perceptores del subsidio agrario en el año anterior.
Para acreditar la totalidad de esas 20 jornadas, podrán computar las cotizaciones al Régimen General efectuadas con las obras del programa de fomento del empleo agrario.
La prórroga de las disposiciones transitorias para facilitar el acceso al subsidio agrario a determinados colectivos se aprueba para el año 2002 en los mismos términos que en años anteriores, conforme a lo recogido en los acuerdos Administración-Sindicatos, según se desprende de la citada documentación.
No obstante, se añade que el colectivo afectado por la aplicación de estas disposiciones transitorias disminuye paulatinamente.
Así, en el 2001 disminuyó el 15,8 por ciento respecto al año anterior, debido a las oportunidades de empleo que surgen y al número de afectados que alcanzan la edad de jubilación.