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UE-Agricultura: La empresas semillas deben de limitar las peticiones de datos a los agricultores

El Abogado General del Tribunal de Justicia de la UE considera que las empresas con licencias de semillas y material vegetal pueden sólo pueden pedir ''de forma limitada'' información a los agricultores sobre el uso de variedades protegidas.

ESPAÑA 22/03/2002


El letrado de la UE emitió sus conclusiones sobre un litigio entre la sociedad alemana distribuidora de semillas Saatgut-Truehandverwaltungs, porque un productor no quería informarle sobre si había ejercido el ''privilegio del agricultor'' en la campaña 1997-98.

El ''privilegio del agricultor'' consiste en que los productores pueden sembrar en sus tierras un cultivo con semillas de una variedad registrada sin necesidad de autorización del titular de las licencias, siempre que no haya comprado semillas certificadas.

Este privilegio es una excepción a la normativa comunitaria sobre protección de variedades vegetales.

El juzgado de Fráncfort planteó al Tribunal de Justicia si el titular de una licencia comunitaria de obtención vegetal puede exigir a cualquier agricultor información para reclamarle el pago de la retribución por haber hecho uso del privilegio, cuando no haya indicios de que ha usado la variedad vegetal en su explotación.

El letrado de la UE estima que es ''desproporcionada'' la intención de la empresa Saatgut-Truehandverwaltungs, de poder dirigirse de forma discriminada a todos los agricultores de un país para que rellenen un formulario sobre el uso del producto obtenido con una variedad protegida, de la que quizá nunca hayan adquirido semillas certificadas.

El Abogado General opina que la obligación de informar sólo afecta a los agricultores que adquirieron bajo licencia las semillas de una variedad protegida.

No obstante, el Abogado General considera que el propietario de una licencia se organice para estar permanentemente informado, a través de los proveedores de semillas, sobre quiénes compran el material de propagación.

Las conclusiones del Abogado General no son vinculantes pero sirven de orientación para las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE.


 

 



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