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Consejo-producción integrada: El Consejo aprueba la regulación de producción integrada agrícola

El Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto para regular la producción integrada de productos agrícolas, cuya aplicación asegura una agricultura sostenible ...

ESPAÑA 18/11/2002


El Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto para regular la producción integrada de productos agrícolas, cuya aplicación asegura una agricultura sostenible, un mayor respeto al equilibrio de los ecosistemas y permite que estos productos tengan la menor cantidad posible de residuos químicos.

Según explica el Ministerio de Agricultura (MAPA) en un comunicado, este proceso se consigue mediante la introducción de métodos biológicos de control, químicos y otras técnicas que compatibilicen las exigencias de la sociedad, la protección del medio ambiente y la productividad agrícola.

El Real Decreto cuenta con cinco capítulos, quince artículos y tres anexos donde se especifican las normas generales de producción integrada, así como las relativas a las industrias de transformación y los requisitos mínimos de control para sus operadores, que deberán ser registrados por las autoridades competentes donde radiquen las superficies de producción y sus instalaciones.

Estas normas definen las prácticas agrícolas y de las industrias de transformación obligatorias que deben cumplir los operadores, relativas entre otras a la preparación del terreno y laboreo; siembra y plantación; fertilización y enmiendas del suelo; poda; riego; control integrado de enfermedades y plagas y recolección, entre otras.

El régimen de control aplicable a los operadores en el ejercicio de su actividad recae en órganos o entidades de certificación, y deberá efectuarse como mínimo una vez al año y podrá realizarse sin previo aviso.

Las entidades de certificación deberán haber sido acreditadas por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), que verificará el cumplimiento de la norma europea EN-45011.

Los productos que hayan sido elaborados según las normas establecidas en este real decreto, podrán ser distinguidos con una identificación de garantía que consistirá, al menos, en la expresión ''producción integrada'', y deberá ir acompañada por el logotipo que al efecto establezca el Ministerio de Agricultura.

El Real Decreto también establece que las Comunidades Autónomas (CC.AA) y entidades u organizaciones privadas puedan establecer sus propias identificaciones de garantía de producción integrada, que deberán cumplir con las disposiciones correspondientes, mientras la Comisión Nacional será la encargada del asesorarlos y coordinarlos.

Por otro lado, también está prevista la creación de un Registro General de Producción Integrada en el MAPA, de carácter público e informativo, que recogerá los datos suministrados por las CC.AA. relativos a volúmenes comercializados, operadores registrados y entidades de certificación que operen en su territorio.

Además, reconoce las Agrupaciones de Producción Integrada en Agricultura como la figura asociativa adecuada para promover la implantación de este tipo de producción entre los agricultores, las cuales podrán ser beneficiarias de las ayudas que reglamentariamente se establezcan para este fin.


 

 



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