SEGUROS - [PORTADA]

CONFERENCIA INTERNACIONAL
“El seguro agrario como instrumento para la gestión de riesgos”






 

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IV.- TIPOS DE SEGUROS.

Los Planes Anuales de Seguros Agrarios incluyen diferentes tipos de seguros que, según producciones, se clasifican de acuerdo a los siguientes criterios:

Producciones agrícolas

En el ámbito de las producciones agrícolas en el modelo español existen tres tipos de seguros:

a) Seguros Multirriesgo o de Riesgos Combinados

Estos seguros ofrecen garantías específicas contra riesgos concretos que afectan a la producción asegurada. En caso de siniestro, en este tipo de seguros los daños y las correspondientes indemnizaciones se determinan a nivel de parcela, aun cuando en determinados casos pueden establecerse compensaciones entre los daños registrados entre las diferentes parcelas de la explotación. El umbral mínimo de daños para que un siniestro sea indemnizable, así como las franquicias se establecen, normalmente, por parcela y dependiendo de la producción, zona y riesgo suelen variar entre el 10 y el 30 por ciento.

En estos seguros se ofrece al agricultor la posibilidad de elegir entre opciones de contratación que establecen diferenciaciones en cuanto a periodos de garantías, combinación de riesgos o, incluso, en cuanto a los criterios de tasación de daños que mejor se adapten a las características específicas de su cultivo o explotación.

Asimismo, en determinadas líneas de seguros existe la posibilidad de modificar contractualmente la producción inicialmente asegurada en la póliza en
función de la evolución del cultivo.

Del tipo de seguros multirriesgo disponemos en el Plan Anual 2006 de 58 líneas que se relacionan en el Anexo nº 3. En la casi totalidad de estas líneas se da cobertura a los riesgos de pedrisco, incendio y daños excepcionales (generalmente lluvias torrenciales e inundaciones) y en la mayoría de ellas al riesgo de helada y, en menor medida, a otros riesgos.

b) Seguros de Rendimientos

En estos seguros se garantiza al agricultor un porcentaje de los rendimientos asegurables en su explotación. A su vez, los rendimientos asegurables, que debo recordar que son fijados por el MAPA a propuesta de ENESA, se sitúan en el entorno de los medios obtenidos en la explotación del agricultor.

En su diseño inicial, que se estableció en España en 1983 para la producción de cereales de invierno, los citados rendimientos asegurables se fijaron con una referencia geográfica para zonas productivas homogéneas. Posteriormente, la fijación de rendimientos asegurables se perfeccionó con la incorporación de un mecanismo “bonus - malus” a nivel de cada explotación en función de los resultados actuariales de la misma en el seguro.

A partir del año 2000 se implantaron otros seguros de rendimientos, con la misma filosofía que la anterior, pero en los que se establecen los rendimientos asegurables de forma individualizada para cada explotación sobre la base de la información disponible de los rendimientos históricos obtenidos en la explotación del asegurado.

En este tipo de seguros los daños en caso de siniestro se evalúan a nivel del conjunto de la explotación del agricultor(1) y el rendimiento garantizado se establece en el entorno del 70 por ciento del asegurado.

Los seguros de rendimientos cubren la totalidad de las adversidades climáticas e, incluso, las de la naturaleza y consideramos que presentan especial interés para dar cobertura a riesgos interrelacionados entre sí. En concreto, el riesgo de sequía solamente lo cubrimos en nuestro modelo a través de seguros de rendimientos.

Las 14 líneas de seguros de este tipo incluidas en el Plan de Seguros Agrarios 2006 se relacionan en el Anexo nº 4.

c) Seguros de Costes Fijos para Organizaciones de Productores.

Además de los dos tipos de seguros básicos anteriores, con un alcance muy limitado, hemos desarrollado en España este tercer tipo de seguros.
Estos seguros tienen por objeto garantizar a las Organizaciones de Productores sus costes fijos anuales: salarios, amortizaciones, etc. Las
indemnizaciones en el seguro se producen cuando los agricultores integrados en dichas organizaciones sufren pérdidas en sus cosechas que den lugar a una reducción significativa de la producción que recibe la organización para su comercialización.

Producciones ganaderas

Para las producciones ganaderas en nuestro modelo disponemos de 3 tipos de seguros.

a) Seguros cuya cobertura básica es el accidente de los animales.

Este tipo de seguros responden al concepto multirriesgo y, además de las coberturas básicas de accidentes (lesiones, ahogamiento, inundación,
despeñamiento, etc.), dependiendo de la clase de ganado asegurado, pueden cubrir otros riesgos como los relacionados con partos anormales, mamitis o, incluso, ciertas enfermedades.

En concreto, dentro de estas enfermedades, para el ganado vacuno que es la especie de mayor significación del sector, se cubren el síndrome respiratorio bovino, el meteorismo, el carbunco y la encefalopatía espongiforme bovina. Asimismo, existe una garantía complementaria para enfermedades objeto de erradicación en el ámbito de programas de la U. E.: brucelosis y tuberculosis. Por último, en el presente año se ha incluido entre las garantías la cobertura de la fiebre aftosa para el ganado vacuno de carne, previéndose la ampliación de estas coberturas en
próximos años a otras epizootías y clases de ganado.
En el caso del ganado aviar se incluyen garantías frente a riesgos específicos, como la asfixia por altas temperaturas o el pánico de los animales.
Estos seguros se realizan a nivel de explotación e incluyen umbrales mínimos de daños y franquicias.

b) Seguros de retirada de animales muertos en la explotación

Los denominados seguros de retirada responden a la modalidad de “seguros de prestación de servicios”, ofreciendo al ganadero la posibilidad de garantizar la totalidad de los costes de retirada y destrucción de animales muertos en su explotación, bien por causas naturales o accidentes. En determinadas Comunidades Autónomas se compensan también los costes de dichos servicios en caso de sacrificio obligatorio por campañas de saneamiento ganadero.

En estos seguros no se incluyen umbrales mínimos de daños ni franquicias.

c) Seguros de sequía para la ganadería

Estos seguros tienen por objeto ofrecer garantías a los ganaderos ante las consecuencias que para la economía de sus explotaciones se derivan de la incidencia del riesgo de sequía en dos sectores concretos, como son la ganadería en régimen de pastoreo (vacuno, equino, ovino y caprino) y la apicultura. Para la apicultura también se garantizan en el seguro daños derivados de los riesgos de incendio e inundaciones y lluvias torrenciales.
El seguro establece una compensación a los asegurados, equivalente al incremento de los costes de la alimentación de los animales de su explotación.

La tasación de daños por sequía responde a un modelo indexado basado en la medición, mediante satélite, de índices de vegetación, por áreas geográficas homogéneas.

En estos seguros no existen franquicias, pero sí umbral mínimo de daños que se establece en tres decenas (30 días) en el caso de la ganadería y en dos (20 días) para la apicultura.

Las 15 líneas de seguros incluidas en el Plan Anual 2006 para la ganadería se relacionan en el Anexo nº 5.

Producciones acuícolas

Para estas producciones en nuestro modelo existe un tipo de seguro multirriesgo que cubre los daños derivados de accidentes y algunas enfermedades.

Producciones forestales

El único seguro existente da cobertura al riesgo de incendio en tierras agrícolas reforestadas.


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