SEGUROS - [PORTADA]

CONFERENCIA INTERNACIONAL
“El seguro agrario como instrumento para la gestión de riesgos”






 

[ Volver al índice ]


 

III. LAS ENTIDADES E INSTITUCIONES QUE INTERVIENEN EN EL MODELO: FUNCIONES DE LAS MISMAS.

El esquema organizativo del modelo español de seguros, que, como se ha señalado anteriormente, se basa en la especialización de las partes implicadas en el mismo, es complejo.

El fin último del modelo es el contrato privado de pólizas de seguros entre asegurados y aseguradoras pero en la actividad coordinada por ENESA intervienen diferentes entidades e instituciones, de acuerdo con lo que se recoge en el Organigrama adjunto.

ORGANIGRAMA DE FUNCIONAMIENTO DEL MODELO ESPAÑOL DE SEGUROS AGRARIOS



El entramado de relaciones entre las mismas para la consecución de los objetivos del modelo quedan reflejadas en el esquema que se incluye a
continuación:

RELACIONES ENTRE LAS ENTIDADES E INSTITUCIONES RELACIONES ENTRE LAS ENTIDADES E INSTITUCIONES


· Elaboración, desarrollo y aplicación de los Planes Anuales de Seguros Agrarios.
· Diseño de los Seguros Agrarios: Condiciones de las pólizas y tarifas aplicables.
· Análisis y propuesta de Normas de tasación de daños.
· Propuesta de actuaciones de promoción de los seguros.
· Análisis de aspectos relacionados con la calidad del modelo.
· Estudios de viabilidad para la cobertura de los riesgos asegurables.
· En todo caso, debo señalar que las conclusiones de los debates, en la mayoría de casos, se establecen por consenso lo que supone un esfuerzo de
trabajo importante pero que constituye una garantía para el buen funcionamiento del modelo.

FUNCIONES:
Las principales funciones de las Entidades o Instituciones que intervienen en el modelo son las siguientes:

SECTOR PRIVADO

Organizaciones Profesionales y de las Cooperativas Agrarias.

Las Organizaciones Profesionales y de las Cooperativas Agrarias participan activamente en el desarrollo y aplicación del modelo, en representación de los agricultores y ganaderos. Su participación se concreta en:

· Reivindicar producciones y riesgos asegurables.
· Intervenir en las tareas de diseño y elaboración de los seguros.
· Actuar como Tomadores de pólizas colectivas.
· Poder intervenir como aseguradores, a través de mutuas constituidas al amparo de la Ley.
· Divulgar los seguros agrarios.

Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, S.A. (Agroseguro).

Esta sociedad anónima, instrumento previsto por la normativa vigente para participar en el modelo en nombre de las entidades aseguradoras privadas, realiza las siguientes funciones:

· Elaborar las condiciones del contrato de seguro y tarifas que serán de aplicación.
· Controlar la contratación de pólizas que realizan las redes comerciales de las entidades aseguradoras.
· Cobrar las primas abonadas por los asegurados.
· Gestionar ante las Administraciones Públicas la subvención correspondiente a los asegurados.
· Realizar la valoración de los daños ocasionados por los siniestros y proceder al pago de las indemnizaciones correspondientes a los siniestros producidos.

Reaseguradores privados.

Los reaseguradores privados intervienen en el modelo español de seguros agrarios con una doble función:

· Reasegurar al Consorcio de Compensación de Seguros (reasegurador público del modelo).
· Reasegurar a las entidades aseguradoras del cuadro de Agroseguro que lo deseen.

SECTOR PÚBLICO

Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA).

ENESA es un Organismo Autónomo que depende del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y cuyas funciones fundamentales se concretan
en:

· Elaborar el Plan Anual de Seguros Agrarios.
· Conceder subvenciones a los agricultores y ganaderos, para atender al pago de una parte del coste del seguro.
· La colaboración y coordinación con las Comunidades Autónomas, en materia de Seguros Agrarios.

Entre las funciones que también tiene encomendadas la Entidad se encuentran las siguientes:

· Establecer las condiciones técnicas mínimas de cultivo, los rendimientos asegurables, los precios a efectos del seguro y las fechas límite de
suscripción de las pólizas de seguro.
· Informar sobre las condiciones especiales y tarifas elaboradas, para cada línea de seguro, por la Agrupación de Entidades Aseguradoras.
· Controlar, en el ámbito agrario, el desarrollo y la aplicación de los Planes de Seguros, así como suscribir con la Agrupación de Entidades
Aseguradoras un convenio para la ejecución del Plan.
· Realizar los estudios de viabilidad técnico-financiera para la inclusión de producciones y/o riesgos en los Planes Anuales de Seguros Agrarios.
· Fomentar y divulgar los seguros agrarios.
· Asesorar al sector agrario en todas las materias relacionadas con los seguros agrarios.
· Actuar como árbitro de equidad en todas las cuestiones que puedan surgir y que sean sometidas a su decisión arbitral por ambas partes
(asegurado y asegurador).

Las Consejerías o Departamentos de Agricultura de las Comunidades Autónomas.

Las Consejerías o Departamentos de Agricultura de las Comunidades Autónomas participan en el desarrollo del modelo de seguros agrarios, a través de la colaboración y cooperación con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, tanto en la elaboración del Plan Anual de Seguros Agrarios como en la concesión de subvenciones al coste del seguro, a los agricultores y ganaderos, de manera complementaria a las concedidas por ENESA.

Además coordinan las Comisiones Territoriales de Seguros Agrarios. Estas Comisiones, constituidas en el ámbito de cada Comunidad Autónoma, y, presididas por ellas, con representaciones territoriales de las Organizaciones de Productores y de Cooperativas Agrarias, de ENESA, de Agroseguro y del Consorcio de Compensación de Seguros, tienen por finalidad recoger la propuestas sobre modificaciones o nuevas iniciativas a adoptar respecto a producciones y las zonas asegurables de cada Comunidad Autónoma.

Estas propuestas se analizan posteriormente en Grupos de Trabajo, de ámbito estatal, con carácter previo a su inclusión en los correspondientes Planes Anuales de Seguros.

Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

Las funciones que tiene asignadas en la normativa vigente, se concretan en:

· Controlar la actividad aseguradora, al igual que en el resto de ramos del seguro.
· Aprobar el cuadro de coaseguro de cada año.
· Participar conjuntamente con ENESA en la elaboración de las normas de peritación que serán de aplicación en la valoración de los siniestros
que se produzcan y de los criterios para la asignación de subvenciones al coste del seguro.
· Proponer al Ministerio de Economía y Hacienda las normas que debe cumplir el Consorcio de Compensación de Seguros, en materia de
reaseguro.

Consorcio de Compensación de Seguros.

El Consorcio de Compensación de Seguros, Sociedad Estatal sujeta en su actividad al ordenamiento jurídico privado, tiene como funciones:

· Actuar como reasegurador público del modelo.
· Ejercer el Control de las peritaciones de los siniestros declarados.


[ Volver al índice ]



Copyright infoagro.com 2006 Todos los derechos reservados.