CONFERENCIA
INTERNACIONAL
El seguro agrario como instrumento para la gestión de riesgos
ÍNDICE
I. INTRODUCCIÓN
II. PRINCIPIOS
BÁSICOS
III. LAS ENTIDADES
E INSTITUCIONES QUE INTERVIENEN EN EL MODELO: FUNCIONES DE LAS MISMAS.
IV. TIPOS DE
SEGUROS
V. MODALIDADES
DE CONTRATACIÓN: CLASES DE PÓLIZAS.
VI. LOS RESULTADOS
DE LA APLICACIÓN DEL MODELO.
VII. CONCLUSIONES
ANEXOS
1 Nº de siniestros registrados en España. Años 2004 y 2005
2 Distribución de los daños producidos por riesgos en las comarcas
españolas.
3 Seguros agrícolas multirriesgo o de riesgos combinados. Plan 2006.
4 Seguros de rendimientos agrícolas. Plan 2006.
5 Seguros ganaderos. Plan 2006.
I.- INTRODUCCIÓN.
El modelo de seguros agrarios de mi país responde a un esquema complejo
de aseguramiento mixto público-privado que tiene por objeto contribuir
a la estabilidad de las rentas de las explotaciones agrarias mediante su protección
frente a las adversidades climáticas y otros riesgos naturales.
A este respecto, debo señalar que las adversidades climáticas
tienen una especial relevancia en España. De hecho, la práctica
totalidad de los riesgos que habitualmente afectan a la agricultura tienen
su presencia en mi país.
Concretamente, de acuerdo a la información que hemos obtenido a partir
de más de 400.000 siniestros registrados en el ámbito de los
seguros suscritos por nuestros agricultores en los últimos 5 años
(2001-05), casi el 80 por ciento tienen su origen en riesgos derivados del
pedrisco, heladas o sequía. Por lo tanto, es evidente que tenemos una
concentración de siniestralidad originada por los riesgos anteriormente
citados, pero otros como el viento, las lluvias excesivas e inundaciones,
etc. también tienen importancia en España.
Distribución porcentual de los siniestros en España según
riesgos. (Período 2001 2005)

Por otra parte, el comportamiento de estos riesgos tanto a lo largo del tiempo
como en el espacio es muy irregular.
La irregularidad de su comportamiento temporal se puede juzgar mediante el
coeficiente de variación del número de siniestros en el periodo
considerado:
| |
Coeficiente de variación (%)
(Período 2001-2005)
|
| Pedrisco |
14
|
| Helada |
29
|
| Sequía |
64
|
| Viento |
18
|
| Lluvias e Inundaciones |
49
|
Es decir, desde la perspectiva de la irregularidad del riesgo a lo largo
del tiempo, adquiere una especial significación el riesgo de sequía
y, por el contrario, el de pedrisco es el que presenta menor variabilidad.
Con objeto de reforzar la argumentación anterior, en el Anexo nº
1 se compara el número de siniestros registrados en España en
los años 2004 y 2005.
En relación a la importante dispersión del comportamiento del
riesgo desde la perspectiva espacial, los mapas que se recogen en el Anexo
nº 2 son muy significativos al respecto.
En este contexto, cabe concluir que la vulnerabilidad de nuestra agricultura
ante las adversidades climáticas es importante y ello explica que el
problema de la gestión de los riesgos climáticos e incluso,
en un sentido más amplio, de los naturales, tenga una gran tradición
en mi país. No obstante, no parece que encontráramos un principio
de solución a este problema hasta 1978, fecha en la que se promulga
la vigente Ley 87/1978 de Seguros Agrarios.
En la etapa anterior a 1978, que arranca en el siglo XIX, se alternan en España
fórmulas de aseguramiento privadas, a través de entidades mercantiles
y mutuales, con otras de carácter público, que normalmente tenían
por objeto la cobertura de los riesgos de pedrisco e incendio en el ámbito
de la agricultura y de los accidentes de los animales en el de la ganadería.
La insuficiencia de las coberturas de los seguros y su limitada eficacia se
trató de suplir en este periodo por la Administración con la
puesta en marcha de ayudas extraordinarias tras la ocurrencia de siniestros
importantes.
No obstante, estas medidas extraordinarias en la mayoría de los casos
resultaron excesivamente discrecionales, debido a la oportunidad política
de las mismas, y, en todo caso, casi siempre, fueron insuficientes.
En definitiva, el balance global de la gestión de los riesgos naturales
en esta larga etapa debe considerarse como negativo, dado que casi exclusivamente
contribuyó a consolidar el seguro de pedrisco e incendio en cereales.
Por otra parte, de esta experiencia negativa es cierto que se obtuvieron importantes
conclusiones cara al diseño de la gestión de los riesgos en
los últimos 25 años.
Con la promulgación de la Ley 87/1978, aprobada por consenso entre
las fuerzas políticas parlamentarias, organizaciones agrarias y entidades
aseguradoras, se apuesta en España por los seguros agrarios como instrumento
básico para la gestión de los riesgos naturales en su configuración
actual.
El marco normativo de la Ley se complementa con el Reglamento que la desarrolla
(Real Decreto 2329/1979), otras Leyes Generales relacionadas con los seguros
privados y con la aprobación por el Gobierno de Planes Anuales a propuesta
de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), Organismo coordinador de
la actividad, adscrito al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
(MAPA).
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