ESPAÑA
Ocm
Derogado el Reglamento de la OCM de Frutas y Hortalizas. Simplificación de la reglamentación comunitaria o ultraconfusión.
Desde el punto de vista del sector hortofrutícola, el nuevo Reglamento incrementa considerablemente la complejidad de una regulación ya extremadamente amplia y complicada, transformándola en laberíntica
13/05/2008 FEPEX

El Reglamento (CE) nº 361/2008 del Consejo, que modifica el Reglamento (CE) nº 1234/2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas, ha derogado el Reglamento (CE) nº 1182/2007 del Consejo, que reformó la OCM de frutas y hortalizas. Con la publicación de este Reglamento, que entrará en vigor el próximo 14 de mayo, la OCM de frutas y hortalizas se integra en el reglamento único para las organizaciones comunes de mercados, que en aras de una pretendida simplificación técnica, sustituye todos los Reglamentos que el Consejo ha adoptado desde el establecimiento de la PAC en el marco de las organizaciones comunes de mercado.
Desde el punto de vista del sector hortofrutícola, el nuevo Reglamento incrementa considerablemente la complejidad de una regulación ya extremadamente amplia y complicada, transformándola en laberíntica. Por ejemplo, los fondos operativos están regulados en la subsección 2, artículos 103 ter, cuater, quinquies, sexies, septies, octies y nonies, y las organizaciones de productores en la subsección 1, en los artículos comprendidos entre el 125 bis y el 125 quindecies, a continuación del artículo 125 que regula las organizaciones profesionales en el sector del aceite de oliva y de las aceitunas de mesa.