El Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto presentado
por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) para concretar
determinados aspectos de la normativa comunitaria del sector del azúcar, según
un comunicado del Departamento de Agricultura.
La Organización Común de Mercado (OCM) en el sector del azúcar fija una serie
de actuaciones a realizar por las administraciones de los Estados miembros,
tanto de carácter administrativo, como de control, por lo que el MAPA ha
considerado oportuno trasponer a la legislación nacional determinados aspectos
de la OCM.
El comunicado detalla que en un primer apartado del texto se recogen las
modalidades de aplicación del reglamento 1260/2001 del Consejo en lo que se
refiere a la concesión de la restitución a la producción, por la utilización
de determinados productos del sector del azúcar en la industria química.
El reglamento establece asimismo el procedimiento para la obtención de ayudas
por parte de las empresas transformadoras que utilicen estos productos, con el
doble fin de eliminar excedentes del sector y de contribuir al desarrollo de la
biotecnología.
Por otra parte, el Real Decreto concreta el procedimiento a seguir por las
empresas azucareras para trasladar parte del azúcar producido en una campaña,
a la campaña de comercialización siguiente.
Por último, la normativa regula las comunicaciones que deben realizar las
empresas del sector del azúcar en cumplimiento de la reglamentación
comunitaria.
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