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Consejo-pesca: El gobierno aprueba la nueva regulación de jornada de trabajo en la mar
El Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto que modifica la regulación de las jornadas especiales de trabajo en la mar y afecta tanto al sector de la marina mercante como al de la pesca.
La norma reconoce mayores facultades a la negociación colectiva para fijar la distribución de los descansos entre jornadas, según se indica en la documentación facilitada tras la reunión del Consejo de Ministros.
El Real Decreto modifica otro anterior, de septiembre de 1995, e incorpora al Derecho español una Directiva comunitaria de 1999 relativa a un acuerdo suscrito por la Asociación de Armadores y la Federación de Sindicatos del Transporte de la Unión Europea.
La norma ha sido elaborada en colaboración con las Administraciones con competencias en la materia, previa consulta con las organizaciones sociales representativas (CEOE, CEPYME, UGT, CCOO, ELA-STV y CIG).
La nueva regulación amplía el ámbito de aplicación a colectivos que antes estaban excluidos, como el personal de inspección, los médicos, jefe de máquinas, sobrecargos, mayordomos y oficiales a cargo de un servicio.
Además, garantiza que al menos un día de descanso semanal deberá ser disfrutado de manera efectiva y no compensado en metálico.
Refuerza también los sistemas de control del tiempo de trabajo en la marina mercante y amplía en una hora -desde las seis hasta las siete de la mañana- la prohibición del trabajo nocturno para los menores de 18 años.
Asimismo, establece nuevos criterios de coordinación entre la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y las autoridades de marina mercante, en relación con el control del tiempo de trabajo y sus repercusiones sobre la seguridad marítima o de la navegación, especialmente para la fijación o previsión de las tripulaciones mínimas de seguridad
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