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17-01-2002

España-algodón: EL MAPA limita la superficie de algodón para la campaña 2002/3

El Ministerio de Agricultura ha aprobado una Orden Ministerial, con carácter extraordinario, que se publicará hoy en el Boletín Oficial del Estado, por la que se limitan las superficies cultivadas de algodón, exclusivamente para la campaña 2002/03, según un comunicado de este Departamento.

El texto explica que para tener derecho a la ayuda a la producción será necesario que el algodón proceda de superficies en las que se haya realizado la rotación del cultivo al menos en una campaña de cada tres.

Es decir, las superficies en las que se haya sembrado algodón en las dos campañas 2000/01 y 2001/02 no serán aptas para obtener la ayuda a la producción de algodón en la campaña 2002/03.

Las explotaciones menores de cinco hectáreas quedan excluidas del cumplimiento de esta exigencia, lo que supone liberar de la misma aproximadamente al 50 por ciento de los productores.

Según explica la nota, la superficie excluida aprobada se ha considerado que es la más válida, puesto que una superficie mayor provocaría fuertes penalizaciones.

Con esta medida se pretende que la superficie sembrada de algodón no supere las 90.000/100.000 hectáreas, ya que las producciones resultantes de superficies superiores a estas hectáreas implicarían una penalización muy importante.

Indica que debido a que en la pasada campaña hubo unas fuertes penalizaciones al maíz, el sector ha solicitado su limitación para que ese cultivo no se desplace en esta campaña hacia el algodón.

El reglamento 1051/2001, establece un mecanismo estabilizador con un régimen de cantidades máximas garantizadas (que en el caso de España es de 249.000 toneladas) y permite limitar las superficies para evitar futuras penalizaciones.

Cuando se supera esta cantidad máxima, el mecanismo corrector que se aplica a nivel comunitario consiste en la reducción del precio objetivo y el precio mínimo en un porcentaje igual al 50 por ciento de la superación.

Un segundo mecanismo corrector se aplica cuando se superan las 362.000 toneladas, con lo que se incrementa la reducción del 50 por ciento del precio objetivo en dos puntos porcentuales por cada tramo de 4.830 toneladas.

El Ministerio explica que es necesario responsabilizar al sector en la gestión de este mecanismo para que no lleve a los productores a la aplicación del segundo de ellos, es decir, no superar las 362.000 toneladas a producir en España




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